Poco a poco el país irá entendiendo que los reparos de la oposición democrática, a algunos puntos del acuerdo Santos-Timochenko, son producto de un estudio juicioso y de preocupaciones patrióticas por el futuro de las instituciones en Colombia.
Su contenido deja al país sin Constitución, desconoce principios fundamentales que existen para garantizar la seguridad jurídica de los ciudadanos, crea instituciones nuevas, cuyo efecto será debilitar más las existentes y crear confusiones, se inclina por la impunidad de los culpables de los delitos más graves, pone en peligro la propiedad privada, afecta la división e independencia de los poderes, y, en consecuencia, sustituye la carta fundamental.
Son tan preocupantes dichas consecuencias del producto de La Habana que muchos juristas, ex magistrados de la corte constitucional entre ellos, se han dado a la tarea, bienvenida para el país, de lanzar señales de alerta.
Es fundamental escucharlos, porque la suerte de un país en el que existan incertidumbres sobre el marco jurídico existente tiene como destino la inestabilidad.
Eso es lo que está sucediendo.
No faltará quien diga que la realidad es distinta a la que pintan quienes han hecho críticas razonadas a lo que se convino en Cuba.
La verdad, sin embargo, es que no hay exageración en las afirmaciones que aquí se han hecho, como tampoco ellas están motivadas por razones políticas negativas.
Describir los riesgos y peligros, crudamente, se inspira en el propósito de que los colombianos den en 2018 el mandato que se requiere para cambiar lo malo que firmaron Santos y Timochenko.
No puede haber tranquilidad alguna cuando el texto constitucional vigente es incierto, para mencionar solamente uno de los múltiples puntos que ameritan ser materia de advertencias.
Y es así, toda vez que el estatuto básico será, a raíz de la incorporación de las 310 páginas a la Carta, lo que el máximo tribunal constitucional diga, caso por caso, cuando haga pronunciamientos acerca de las demandas que se presentarán contra las leyes y decretos expedidos para implementar el texto del acuerdo con las Farc.
Hay que tener presente, para hacer claridades adicionales, que existen múltiples contradicciones entre lo firmado con esa organización terrorista y varias disposiciones de la Constitución de 1991.
Qué van a hacer los magistrados en esos casos.
Amanecerá y veremos, pero lo que debe afirmarse con claridad elocuente es que resulta inaceptable someter a la sociedad colombiana a semejante prueba de fuego, en la cual nacen inmensos riesgos para los colombianos.
Hicieron bien, en consecuencia, varios distinguidos compatriotas en presentar, ante el Honorable Consejo de Estado, una acción de nulidad por inconstitucionalidad del decreto 1995 de 2017.
El decreto demandado ordena la creación de la comisión de seguimiento, impulso y verificación a la implementación del acuerdo final (CSIVI).
Esa comisión es una instancia conjunta del Gobierno nacional y las Farc, que tiene los encargos contenidos en el nombre de la misma.
Entre las funciones que tiene está la de “constatar que el contenido de todos los proyectos de decreto, ley o acto legislativo que sean necesarios para implementar el acuerdo final, correspondan a lo acordado, antes de que sean expedidos por el Presidente de la República o presentados ante el congreso, según sea el caso.”
Demandan el decreto con el argumento, entre otros, de que “se creó un control con poder de veto de las iniciativas legislativas en cabeza de un órgano que carece de origen constitucional y mucho menos de conformación democrática que respete el principio de la democracia participativa contenido en el artículo 155 de la Constitución”.
Quienes estamos de acuerdo con esta argumentación también firmamos a la distancia la demanda contra la CSIVI.