Confusión de poderes
Locke, Montesquieu y Rousseau, amén de otros filósofos, se preocuparon por distinguir las funciones atribuidas al detentador del poder y proponer que se repartieran de manera que ninguno pudiera ejercerlo omnímodamente, para prevenir el despotismo y la arbitrariedad. Esta síntesis apretada del pensamiento de estos defensores de la democracia, corresponde a la teoría del Estado de Derecho.
En el sistema constitucional colombiano esta fórmula fue acogida desde sus inicios y de ahí que en la Carta del 91 se predique que: “Los diferentes órganos del Estado tienen funciones separadas pero colaboran armónicamente para la realización de sus fines”. En palabras más sencillas, ninguna autoridad puede monopolizar el poder público por sobre todos los órganos estatales. En ese orden, el Congreso, el Gobierno y los Jueces se controlan mutuamente y así ninguno de estos órganos pueda arrasar a los otros.
No obstante, la teoría en la práctica toda se convierte en retórica pura. Hay un desequilibrio entre las competencias a tal grado que autoridades supuestamente independientes terminan subordinadas a poderosos de hecho. Ahora, la cuestión es saber ¿cuál es la causa de ese fenómeno? Pues bien, analizada “la real politik”, como llaman los gringos el pragmatismo, sucede que la fronda burocrática en manos de algunos funcionarios y el abuso de poderes incontrolados, habilita la arbitrariedad.
Para la muestra un botón: el Savonarola del piso 18, prevalido de su poder disciplinario se convierte en coadministrador, a punto que no pocos funcionarios, para protegerse de su férula, terminan pidiéndole “acompañamiento” en sus decisiones, colaboración que lo convierte en el “más poderoso” de todos los gobernantes, pero sin ninguna responsabilidad.
El problema de fondo radica en que se ha confundido el poder de control del Procurador con un poder administrativo que este magistrado no tiene y al cual ha accedido valiéndose de la intimidación a todos los servidores públicos, incluidos los congresistas.
Por eso es que el alcalde Petro, intimidado con los procesos disciplinarios que el Savonarola adelanta en su contra, resolvió, “muerto del susto”, pedirle un acompañamiento preventivo en temas de vital importancia para la ciudad. En resumen, el señor Ordóñez, sin tener arte ni parte en el gobierno de la capital, aparece de la noche a la mañana dirigiendo, “preventivamente” la gestión del burgomaestre que baila en la cuerda floja, amenazado disciplinariamente y, de otra parte, con la revocatoria de su mandato a punto de cocinarse.
El experimento de Ordóñez, analizado a la luz de sus competencias constitucionales, convida a reflexiones sobre una reforma que para el futuro impida estas abusivas intromisiones. Se trata de encontrar remedio a esos contrapesos o medios de acción de hecho, tan frecuentes en las contralorías y en las agencias del Ministerio Público. Por estas razones se eliminó, en cuanto a la gestión del Contralor, el control previo que tanto poder le dio a este funcionario en el pasado y que terminó llevando a la cárcel a varios de ellos.