El Dux Iván , marqués de Carabás, solicita prorrogar la ley 418 de 1997, que consagra instrumentos para buscar la convivencia, la eficacia de la justicia y acuña otras disposiciones, y porque tales normas tienen vigencia hasta el próximo 26 de diciembre, conjunto de disposiciones consideradas fundamentales para la regulación del orden público, pues su objeto es dotar al Estado Colombiano de instrumentos eficaces para asegurar la vigencia del Estado Social y Democrático de Derecho y garantizar la plenitud de los derechos y libertades fundamentales reconocidos en la Constitución Política y/o los Tratados Internacionales aprobados por Colombia.
Esta tarea no se garantiza ahora. La derogatoria del Código Nacional de Policía, Decreto ley 1355 de 1970 y su reemplazo mediante la ley 1801 del 2016, no avala la libertad, la reprime coactivamente y explota fiscalmente.
Toda la razón tiene el señor Presidente en procurar que esta reglamentación se prorrogue, pues no hay duda de que el orden público en este país no existe y no, porque las actividades del Ejecutivo, en el campo de la función de policía, han padecido una metamorfosis asombrosa, pues ya no se ocupa esta parte de la administración en prevenir la alteración de los factores de seguridad, tranquilidad y salubridad, sino exclusivamente de generar comparendos para a través de multas, por conductas de todo género, obtener recursos para aumentar presupuestos fiscales que se utilizan, exclusivamente, para satisfacer ambiciones corruptas.
Y la situación tiende a ser más grave y trascendental dado el carácter del Ministro Botero, que en su mentalidad de ex director de la Federación de Comerciantes pretende aniquilar el derecho de protesta -medio de participación democrática popular- insistiendo en la restricción del derecho de reunión, e incitando a los agentes de policía para que impongan sanciones económicas a quienes participen en esas manifestaciones; o la intensa actividad del señor Bocarejo que abusando del poder de los agentes de la fuerza de policía bajo sus órdenes los dedica a perseguir a los conductores que transitan por la capital de la República y, mientras tanto, la inseguridad de las personas es mayúscula, pues el hurto impera en todas las localidades al igual que las violaciones y otros delitos que no se previenen ni reprimen, pues la vigilancia en estos aspectos no se realiza, pues no es oficio que produzca ingresos al erario.
La política del Ministro de Defensa atenta el principio legal comentado, que dispone que las autoridades garanticen conforme a la Constitución Política y las leyes de la República, el libre desarrollo, expresión y actuación de los movimientos cívicos, sociales y de las protestas populares.
Si volviera el gato con botas a dialogar con el Dux Iván, amigo de los siete enanitos, le aconsejaría restablecer el código de policía de Bogotá, Acuerdo 36 de 1962, el mejor de la historia para asegurar una función administrativa de prevención y no de represión, una pedagogía cívica y no fiscal ni militar.