¿Referendo, subproducto electoral?
Noticias de prensa dan cuenta de que la Corte Constitucional declararía exequible la reforma que introdujo el Congreso de la República en el sentido de permitir a los ciudadanos votar el referendo en forma simultánea con otra elección; reforma que se propuso para facilitar que el referendo sobre los acuerdos de paz de La Habana, tenga mayor posibilidad de ser votado y aprobado en las urnas.
Ha de precisarse, que la legislación vigente señala que el referendo no se puede celebrar en forma coincidente con otros eventos eleccionarios, y exige, además, que haya una participación superior a la cuarta parte del censo electoral. Si éste es de 32 millones de electores, deberán concurrir a las urnas ocho (8) millones de ciudadanos, por lo menos, de acuerdo con lo establecido en el Art. 378 de la Constitución Política; umbral que, sin embargo, algunos amigos del referendo por la paz temen que no se supere, pese a que sería una de las convocatorias más importantes que se le habrían hecho al pueblo colombiano en todos los tiempos.
Temores que tienen, fundamento real, pues el proceso de paz que se tramita en La Habana no ha logrado afianzarse en la conciencia de las mayorías nacionales; pero habrá que preguntarnos sobre la razón de esa postura escéptica que hace pensar en su fracaso o en un resultado precario en las urnas.
Causaría extrañeza en el mundo civilizado que en Colombia, para salvar el referendo por la paz, se llegue a la conclusión de que es necesario colocarlo como apéndice de las elecciones de autoridades locales, esto es, como un subproducto de dichas elecciones y no como el gran motivo para provocar el respaldo de las fuerzas políticas y sociales de la Nación.
Frente a esa perspectiva gris, los negociadores de La Habana serían, en fin de cuentas, los grandes responsables de la actitud aparentemente negativa del pueblo colombiano; pero, lejos de condenar esa actitud, la interpretamos, en cambio, como censura merecida a la forma como ha venido tramitándose el proceso de paz, con prescindencia del Derecho Internacional Humanitario, en cuanto sus negociadores han permitido que se hayan cometido -y se sigan cometiendo- hechos prohibidos de guerra y de lesa humanidad durante todo el tiempo que lleva de existencia dicho proceso .
Una paz por arrastre no sería sostenible, en cuanto, para serlo, deberá ser resultado de una toma real de conciencia del pueblo votante sobre el contenido del referendo, sin amarrarlo a otras elecciones expuestas a influencias non sanctas y distractoras.
En efecto, colgar el referendo por la paz -como si fuere un mico-, de las elecciones de concejales y diputados, como se ha pensado, produce escalofrío moral.
La Corte Constitucional, en su sabiduría, decidirá sobre una reforma que conduciría a que el referendo desaparezca del mundo jurídico colombiano como una institución respetable.
Posdata.Habíamos escrito este artículo antes de conocer el fallo de la C.C. Según el tribunal de cierre, el referendo sí se puede colgar como un mico de otras elecciones. Sentimos síntomas de escalofrío…