DIANA SOFÍA GIRALDO | El Nuevo Siglo
Viernes, 21 de Marzo de 2014

¿Tragedia o comedia?

 

Aún no sabemos si el episodio Petro es una tragedia o una comedia, un tema de alto vuelo jurisprudencial o un embrollo jurídico de proporciones colosales, una confrontación internacional de consecuencias imprevisibles o un rifirrafe de política doméstica de inferior calidad.

Las discusiones amenazaban prolongarse hasta el infinito,             gracias a la decisión proferida por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos mientras el continente dormía. Hasta la hora de emitirla fue calculada para neutralizar el fallo del Consejo de Estado y oxigenar una causa  muerta que solo está pendiente de recibir pronta y definitiva sepultura institucional.

Pero, sin entrar en los malabares jurídicos, son evidentes los absurdos efectos inmediatos de este episodio, que el exalcalde se empeña en prolongar indefinidamente, pues ya anunció que inicia la campaña para convocar una asamblea constituyente. Si sigue su ejemplo cualquier funcionario sancionado que no obtenga una decisión judicial favorable  saldrá a la calle a gritar “¡constituyente! ¡constituyente!”. ¿Será necesaria una asamblea constituyente para dictarle medidas disciplinarias a un alcalde?

Tendríamos las calles llenas de litigantes descontentos. ¿Y qué calidad de justicia tiene un país, si  quienes acuden a ella comienzan declarando que solo aceptan fallos favorables? Al mismo tiempo se sienta un precedente de la mayor peligrosidad institucional: hay alcaldes de primera y de segunda. Los de primera no pueden sancionarse por más  irregularidades  que cometan, porque la sanción disciplinaria se califica como un atentado contra los derechos humanos. Los demás sí pueden ser investigados, procesados, condenados y destituidos. En realidad no  los tratan como si fueran de segunda sino de quinta categoría.

Además, si era imposible sancionar a este alcalde, habría  que correr a revisar los procesos de los 1.076 ya sancionados, antes de que acudieran en masa a los organismos internacionales.

Como consecuencia el Procurador perdería de hecho la potestad disciplinaria y las funciones del Ministerio Público pasarían al archivo muerto. O habría que exigirles a los futuros procuradores que, al posesionarse, juraran que no van a sancionar a nadie.

Se argumentó que los funcionarios públicos elegidos popularmente solo pueden ser juzgados por otros que también sean elegidos por el voto popular. Con esto se le abriría una puerta nueva a la impunidad, pues los encargados de aplicar justicia en esos casos tendrían inocultable origen político. Y no se sabe qué es más peligroso si una justicia ejercida por funcionarios elegidos previa campaña electoral, con todo lo que esto significa hoy en Colombia, o no tenerla del todo.

Si el Gobierno no hubiera rechazado con energía estas intromisiones abusivas, estaríamos sometidos a más y más fallos de medianoche, en donde no se sabe qué importa menos, si el derecho nacional o el internacional.

Lo sucedido es tan increíblemente absurdo que parece una imaginativa e interminable comedia de equivocaciones. Pero sus consecuencias son tan lamentables y desastrosas, duelen tanto, que les quitan a los espectadores las ganas de reír.IAienes la sanción disciplinaria                                                                              cuando cometan irr Nos recuerdan que las instituciones no son invulnerables y que, si no las cuidamos, se derriten en cualquier momento al calor del  mal ejemplo, cuyos efectos empeoran cuando lo dan sus propias autoridades.