Alegato contra el plebiscito
Uno de los grandes avances institucionales en nuestro país , con ocasión de la promulgación de la Carta de 1991 , fue el de haber incorporado en ella todos los principios y mecanismos propios de la democracia participativa.
Haberlo hecho no fue el producto de la decisión autónoma y espontánea de quienes integraron la asamblea nacional constituyente.
En realidad , se trató del cumplimiento del mandato que el pueblo le dio a los miembros de dicha asamblea , toda vez que esa fue una de las dos materias en las que la gente resolvió proporcionar orientaciones definidas.
Y esa orden del titular de la soberanía se cumplió buscando definir la naturaleza de cada uno de los mecanismos , para que se acuda a ellos teniendo en cuenta la materia que desea consultarse.
La voluntad de los asambleístas , consistió , entonces , en crear mecanismos distintos para auscultar la voluntad popular en situaciones diversas.
Si no hubiera sido así , habría bastado con consagrar una sola herramienta a fin de que ésta fuera utilizada en todos los casos en que se considerara necesario conocer la decisión de los ciudadanos.
Por esa razón , existe la consulta popular para que los electores se pronuncien sobre un asunto de trascendencia nacional.
Y el plebiscito , con el objeto de escuchar su voz decisoria acerca de políticas del ejecutivo que no requieran la aprobación del Congreso.
Al igual que el referendo , mediante el cual la ciudadanía aprueba o deroga normas de naturaleza constitucional o de índole legal.
El hecho de que los dos primeros no sean idóneos para reformar la Constitución no es una inadvertencia.
Así como en su momento se consideró urgente ampliar las posibilidades de participación del pueblo , también se estimó que era necesario definir controles , en procura de evitar que nuestra institucionalidad caiga en el peligroso terreno de la democracia plebiscitaria , habida cuenta de su capacidad desestabilizadora.
Por esa razón , las diferentes herramientas tienen exigencias propias en materia de procedimiento y reglas para su validez.
Pero , ahora resulta que los parlamentarios del 2015 , con la anuencia del Gobierno , se quieren inventar un tipo de plebiscito a la carta , sin umbral ni nada , para preguntarle a los colombianos si están de acuerdo o no con la paz.
Eso sería un engaño , no le daría legitimidad a lo acordado y atentaría contra la permanencia en el tiempo de los acuerdos que se hagan.
Por otro lado , los afanosos miembros de la unidad nacional parecen no recordar lo que sucedió con el marco jurídico para la paz.
En ese caso hicieron el mismo ruido , utilizaron argumentos similares a los que están acudiendo ahora para modificar la Constitución y , al final , se les convirtió en un encarte.
Estamos frente a un episodio de idénticas características.
Las FARC siguen sosteniendo que el mecanismo de refrendación debe ser una constituyente , así como que todo lo que se defina sobre éste punto debe ser producto de una decisión bilateral en la mesa de conversaciones.
Es decir , lo mismo de siempre , mientras los congresistas amigos del gobierno siguen empeñados en volver a cometer otro error para salir , a las carreras , del tema del pronunciamiento popular sobre los acuerdos.
Eso sería malo para Colombia.
Es mejor tomar las cosas con calma , diseñar un mecanismo nuevo , gracias a un gran consenso nacional , y convertir éste tema en una posición de todos para llevarla a la mesa de conversaciones en La Habana.
Lo que está de por medio es la legitimidad de lo que eventualmente se acuerde y con eso no se juega.