Carlos Alberto Estefan Upegui | El Nuevo Siglo
Martes, 29 de Diciembre de 2015

FINANZAS NACIONALES

Representatividad parafiscal

“No es asunto de montoneras o componendas políticas”

Esta  por producirse un decreto que  reglamenta la participación de los miembros de los órganos Directivos de los Fondos Parafiscales.

 

Es importante aclarar que las contribuciones con destino a dichos fondos no hacen parte del Presupuesto General de la Nación pero son recursos públicos que se recaudan con el fin de beneficiar al mismo sector que los genera.

 

Sin embargo, el hecho de disponer de ellos, no releva al Estado de sus obligaciones para con el sector rural con cargo a otras fuentes, pues sus necesidades requieren de cuantías muy superiores a las recaudadas.

 

Entonces, dicho decreto se inspira, en procurar la democratización y la representatividad en la aplicación de esos dineros; aspecto que a criterio de algunos, con razón o sin ella, no se cumple en la práctica.

 

No obstante, el decreto pide tener de más o de menos, por muy buenas intenciones que  lo inspiren, pues pudiese terminar haciéndosele el juego a los pesos y contrapesos del  poder político, mientras gremialmente unos trabajan y se esmeran en sacar adelante múltiples causas de sus asociados; otros se dedican a no dejar hacer.


Lo cierto es que para hablar de  participación democrática y representativa hay que determinar quiénes son los  aspirantes y asegurarse de su legitimidad gremial.

 

Tener la certeza de que sean realmente representantes de los contribuyentes.

 

Porque para hablar de representatividad no solo es suficiente saber  si son grandes, medianos o pequeños y su ubicación en distintos lugares del país, sino el grado de especialización, la cantidad y la calidad de su producción, entre otros aspectos.


Hay grupos de productores o asociaciones que representan importantes volúmenes de producción gracias a su eficiencia, con indicadores de excelencia por unidad de negocio, haciendo que sus aportes parafiscales sean superiores al del resto de productores del país.


Sucede en la práctica con las zonas de lechería especializada. 
De esta forma,  la representatividad dependería no del número de animales o de afiliados, sino de su aporte parafiscal, en el entendido de que la ley establece que dichos aportes deben revertirse a manera de contraprestación directa para el contribuyente.

 

También, consideramos que un miembro de la Junta Directiva de un Fondo Parafiscal puede ser representativo al ser designado por los productores, dado que interpreta la voluntad de estos. 


Y es ahí donde se hace imperativa una revisión del texto a firmarse, incluyendo una instancia arbitral que valide, pondere y certifique la idoneidad para ocupar esas posiciones.  No es pues, un asunto de montoneras ni de componendas políticas.