En el conversatorio que se adelantó el pasado 6 de febrero en las instalaciones del Palacio de Nariño participó el Presidente Duque, la vicepresidente Marta Lucía Ramírez, los presidentes de las Cortes y congresistas de Norte de Santander, entre otros, sobre la estructura de la Constitución de 1821, cuyo bicentenario se cumple este año, se oyó decir que tal Constitución, con la que se inicia el sistema constitucional de la nueva República, había tenido 9 años de vigencia, es decir, se cree rigió entre 1821 y 1830; fecha última en la que se reunió el Congreso Admirable que presidieran el Mariscal Sucre y Monseñor Estévez, Obispo de Santa Marta, quien, según algunos cronistas, no le practicó los últimos oficios religiosos al Libertador.
Ocurre que al estatuto constitucional de 1821, con el que nace nuestro derecho público, le suspendió su vigencia el Decreto Orgánico que expidió Bolívar el 27 de agosto de 1828, que debía servir del Ley Constitucional del Estado hasta el año de 1830, año en el que se expidió la nueva Constitución.
También preguntó el Presidente por las fuentes de la nueva Constitución y, curiosamente, los participantes no se refirieron a la Ley de Angostura que había sido expedida en diciembre de 1819 en la población del mismo nombre, hoy ciudad Bolívar.
La Convención Constituyente de 1821 fue instalada por el general Nariño, quien acababa de regresar al país, el 6 de mayo de 1821 en la Villa de Rosario de Cúcuta, tierra natal del General Santander, en nombre y representación del Libertador - Presidente Simón Bolívar, quien, además, lo había designado vicepresidente interino, ante el fallecimiento repentino del vicepresidente Juan Germán Roscio. Convocado para el primero de enero de 1821, solo se pudo instalar el 6 de mayo de dicho año por las distancias geográficas y porque había necesidad de reunir las dos terceras partes de los diputados elegidos que era la mayoría que se exigía para que sus decisiones fueran válidas. Habían sido elegidos 95 diputados en 19 provincias.
El antecedente directo de la Carta de 1821, desde luego, lo fue la Ley de Angostura de 1819, cuyo proyecto fuera presentado por el Libertador y que fue acogido en sus elementos esenciales por el Congreso de Angostura, que solo se separó de la propuesta de adoptar el Senado hereditario y el areópago o poder moral que quedó como apéndice, “para que se verifique su establecimiento en circunstancias más favorables”.
El objetivo principal del Congreso de Cúcuta fue la creación de la Gran Colombia mediante la unificación de la nueva Granada (Colombia y Panamá) y Venezuela; luego se uniría el Gobierno de Quito. La Constitución de 1821 constaba de 10 capítulos y 191 artículos; adoptó lo que se conoce como presidencialismo; acabó con la Inquisición, y el gobierno quedó conformado por tres grandes departamentos: Cundinamarca, Venezuela y Quito. También dispuso que el Congreso estaría conformado por dos cámaras, y el Poder Ejecutivo quedaría constituido por un presidente y un vicepresidente elegidos por cuatro años.
En ese texto Constitucional se escribió una de las páginas más gloriosas: la ley de manumisión de los esclavos, que nos puso a la vanguardia de los países civilizados.