Ius Post Bellum
La guerra es un terrible padecimiento y una verdadera tragedia. Filósofos y moralistas, teólogos y juristas, y más recientemente, politólogos e internacionalistas -y estudiosos de diversas disciplinas- no han dejado nunca de interrogarse sobre las causas de la guerra -ya se trate de conflictos armados internacionales o guerras civiles- y las posibilidades de la paz. A veces habría que admitirlo, la guerra es un mal necesario: un último y extraordinario recurso. Y, sin embargo, aun en estos casos, no todo es válido en la guerra. De ello se desprende una distinción radical que constituye el fundamento de la Teoría de la Guerra Justa, cuyo origen se remonta a San Agustín de Hipona, y su traducción normativa no es otra que el Derecho Internacional de los Conflictos Armados y el Derecho Internacional Humanitario.
El DICA y el DIH comprenden dos dimensiones: el ius ad bellum (el derecho a la guerra: ¿cuándo es lícito el recurso a la guerra?) y el ius in bello (qué conductas y prácticas son aceptables y justificables en la práctica de la guerra). No obstante, como lo sostienen los profesores Carsten Stahn, Jennifer Easterday y Jens Iverson en un estupendo volumen que recientemente han compilado, “El tránsito exitoso del conflicto armado a la paz es uno de los mayores desafíos de la guerra contemporánea. Plantea problemas morales, legales y prácticos (…) las leyes y normas de la justicia que se aplican al proceso de poner fin a la guerra y la construcción de la paz, o ius post bellum, es una preocupación central y creciente”, tanto para académicos, líderes políticos, diplomáticos, y activistas sociales.
La actual negociación en La Habana entre el Gobierno y las Farc, y el eventual posconflicto derivado de ella, no pueden ser ni serán inmunes a estas preocupaciones. El ius post bellum es aún, en buena medida, un régimen internacional en construcción, y entraña en consecuencia oportunidades y desafíos: aunque existe relativo consenso en lo que se desea para una sociedad después de la guerra, es menor el consenso sobre los medios más idóneos para obtenerlo. Si la relación entre el imperativo político y la necesidad de la justicia es siempre compleja, lo es mucho más en los procesos de posconflicto. La hora del ius post bellum ha llegado para Colombia. El país será un laboratorio. Su experiencia contribuirá a decantar expectativas normativas con realidades prácticas, y sentará precedentes de cardinal importancia. Habrá que ser creativos y arriesgados. Porque no se puede dejar pasar esta hora en vano.
*Analista y profesor de Relaciones Internacionales