Veinte años después
Hay un antes y un después de 1991, cuando tuvo lugar la Asamblea Nacional Constituyente, que le dio a Colombia una nueva Constitución Política, erigiendo el Estado Social de Derecho como quintaesencia de la misma. Con la expedición de esta nueva Carta se produjo un verdadero remezón de todo el andamiaje institucional del país, fue lo que denominó el expresidente César Gaviria, inspirador de la misma, un “revolcón”.
Pues bien, en el nuevo arreglo institucional se le dio una importancia que no había tenido antes a la prestación de los servicios públicos, como algo inherente “a la finalidad social del Estado”, al tiempo que se dispuso que “es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional”. Como lo dejó claramente establecido la Corte Constitucional al definir el servicio público como “toda actividad organizada que tienda a satisfacer necesidades de interés general en forma regular y continua, de acuerdo con un régimen jurídico especial”.
Claro está que, en aras de garantizar la mejor prestación del servicio, abrió la posibilidad de que en la prestación de los servicios públicos el Estado lo pudiera hacer “directa o indirectamente, por comunidades organizadas o por particulares”. Hasta entonces estaba vedada la posibilidad de que alguien distinto al Estado lo pudiera hacer. No obstante, reservó para el Estado sus facultades y competencias para ejercer su potestad para “la regulación, el control y la vigilancia de dichos servicios”. De esta manera terminó por imponerse la tesis de la economía social de mercado condensada en el eslogan del líder socialista francés Lionel Jospin: “tanto mercado como sea posible y tanto Estado como sea necesario”.
Es tal la relevancia e importancia que se le dio a la prestación de los servicios públicos de manera “eficiente a todos los habitantes del territorio nacional” que, entre las funciones del Presidente de la República, “ejercer la inspección y vigilancia” de la misma. Y con tal fin se crearon la Superintendencia de Servicios Públicos, adscrita a la Presidencia de la República y las comisiones regulatorias, integradas por expertos en sus áreas, a las cuales, por lo demás, se les dio autonomía para el ejercicio de sus funciones. A través de estas se deberá velar porque los servicio públicos se presten con calidad, de manera que se propenda por la cobertura universal, suficiencia financiera por parte de las empresas operadoras y un régimen tarifario que, además de garantizar esta, consulte la capacidad de pago del usuario.
Su primer titular, José Fernando Castro Caycedo, asumió funciones el 22 de noviembre de 1994 y su sede se inauguró en junio de 1995, ¡hace 20 años! Es indudable que la Superintendencia ha sabido cumplir con su rol, el cual le ha significado en no pocas ocasiones recurrir a su función sancionatoria hasta el extremo de llegar a la intervención de las empresas prestadoras del servicio cuando éstas no dan la talla.
*Exministro de Minas y Energía