La sanción impuesta por la Procuraduría a un exinspector de trabajo que firmó actas de conciliación que autorizaron el pago de millonarias pensiones a extrabajadores de Foncolpuertos fue confirmada por el Consejo de Estado.
El afectado con la sanción solicitó la nulidad de los fallos disciplinarios por considerar que quien debía investigarlo era el Ministerio del Trabajo y que se le castigó dos veces por la misma conducta.
La Sección Segunda, con ponencia del magistrado Luis Rafael Vergara, explicó que aunque el superior funcional del sancionado era el Ministerio de Trabajo, quien lo debía investigar disciplinariamente era el procurador, debido a que se demostró que el monto por el incremento patrimonial injustificado excedía de mil salarios mínimos.
Además, el fallo señala que debido a las circunstancias de corrupción al interior de Foncolpuertos, la oficina de control interno disciplinario del Ministerio de Trabajo le solicitó al procurador adelantar la investigación, por lo que el jefe del Ministerio Público creó una comisión especial para investigar y fallar las irregularidades en las actas de conciliación que sirvieron de sustento a los injustificados reconocimientos pensionales.
En el caso concreto, se comprobó que el demandante participó como Inspector de Trabajo en la defraudación de Foncolpuertos, mediante la suscripción de actas de conciliación con fechas de diciembre de 1993, siendo que realmente estas fueron elaboradas a finales del año 1996 y comienzos de 1997, y en ellas se hicieron reconocimientos importantes a favor de los extrabajadores portuarios, para lo cual se suplantó la firma del representante legal de la empresa liquidada.