Si se cumplen los tiempos para su reglamentación, los colombianos en el exterior gozarán de una segunda curul en el próximo Congreso que se elige el 9 de marzo de 2014, como consecuencia de la Reforma Constitucional que en ese sentido fue aprobada el año anterior.
El pasado 4 de diciembre, la plenaria del Senado aprobó en octavo debate el proyecto de acto legislativo número 12 de 2012 Senado, 116 de 2012 Cámara, por el cual se modifica el artículo 176 de la Constitución Política para fortalecer la representación en el Congreso de los colombianos residentes en el exterior.
La Constitución del 91 estableció que adicional a las circunscripciones territoriales, habrá circunscripciones especiales para asegurar la participación en la Cámara de Representantes de los grupos étnicos, de las minorías políticas y de los colombianos residentes en el exterior, que en el caso de estos últimos les asignó una curul.
Sin embargo, dicha reforma constitucional eliminó la representación de las minorías políticas y le entregó esta curul a los colombianos en el exterior, por lo que esta representación pasó de uno a dos escaños.
Dicho Acto Legislativo estableció en un parágrafo de su artículo primero que “el Congreso de la República reglamentará la circunscripción internacional a más tardar el 16 de diciembre de 2013; de lo contrario, lo hará el Gobierno Nacional dentro de los treinta días siguientes a esa fecha. En dicha reglamentación se incluirán, entre otros temas, la inscripción de candidatos, y la inscripción de ciudadanos habilitados para votar en el exterior, los mecanismos para promover la participación y realización del escrutinio de votos a través de los consulados y embajadas, y la financiación estatal para visitas al exterior por parte de los representantes elegidos. Así mismo, se establecerá que al menos uno de los dos representantes elegidos por la Circunscripción Internacional hará parte de la Comisión Segunda de la Cámara de Representantes”.
En ese sentido es claro que al fijar al actual Congreso un plazo máximo del 16 de diciembre de 2013 para tener lista dicha reglamentación o, en su defecto, que lo haga el Gobierno a más tardar el 15 de enero de 2014, se busca que en el próximo Parlamento se haga efectiva esta reforma constitucional con dos representantes en la Cámara por los colombianos en el exterior.
Sin embargo, si estos tiempos no se cumplen por parte del Congreso o el Gobierno nacional, es posible que se embolate la aplicación de esta reforma para 2014 y solo se haga efectiva en el Parlamento que sea instalado en 2014.
El periodo de inscripciones para las elecciones de Congreso será del 9 de noviembre al 9 de diciembre de 2013; en tanto que las elecciones están fechadas para el 9 de marzo de 2014.
De no estar reglamentada esta reforma constitucional para el día de las elecciones, los colombianos en el exterior votarán por una y no por dos curules que los represente en la Cámara durante el periodo 2014-2018.
Incluso, los partidos podrían argumentar que sigue vigente la curul de las minorías políticas y pelear por ella como último recurso para mantener la personería jurídica en caso de que no alcancen el umbral del 3 por ciento, que hoy tiene pensando a más de una colectividad por los 450 mil votos que se necesitan.