Colombia, el país de las firmas | El Nuevo Siglo
Miércoles, 1 de Mayo de 2013

Una de las principales novedades de la Constitución del 91 fue la implementación de los mecanismos de participación ciudadana, que aunque aún están en proceso de maduración en el día a día del ciudadano, significan un paso adelante en el desarrollo de una democracia plena a todos los niveles.

Sin embargo, todos conllevan un mecanismo sui géneris: la recolección de firmas. Solamente para revocatoria de mandato de alcaldes, se han estado recogiendo más de 300.000 firmas. Cantidades similares se recogieron para los comités prorevocatoria del Congreso y del referendo por la vida y contra el aborto, que ahora están reuniendo cada uno 1.800.000 firmas para que el proyecto de ley respectivo inicie su trámite legislativo. Así, por encimita, se están recogiendo más de 4 millones de firmas.

De acuerdo con la información suministrada por la Registraduría, entre los mecanismos establecidos en la Ley 134 de 1994 ocupa el primer lugar, como es obvio, el voto, descrito como el acto mediante el cual un ciudadano participa de manera activa en la elección de las personas que quieren que las representen o en la adopción de una decisión, pronunciándose en uno y otro sentido.

En cuanto a los mecanismos propiamente dichos, se habla del plebiscito, que es el pronunciamiento del pueblo convocado por el presidente de la República para apoyar o rechazar una determinada decisión del ejecutivo. El más famoso plebiscito en la historia reciente fue el que abrió las puertas al Frente Nacional.

También está el referendo, que es la convocatoria que se le hace al pueblo para que apruebe o rechace un proyecto de norma jurídica, o derogue o no una norma ya vigente. Ese referendo puede ser nacional, regional, departamental, distrital, municipal o local.

Hay referendo derogatorio (cuando se coloca a consideración del ciudadano el sometimiento de un acto legislativo, una ley, una ordenanza, un acuerdo o una resolución local, en algunas de sus partes o en su integridad, para que el pueblo decida si la deroga o no) y aprobatorio (cuando se coloca a consideración del pueblo para que éste decida si lo aprueba o rechaza, total o parcialmente, el sometimiento de un proyecto de acto legislativo, una ley, una ordenanza, un acuerdo o una resolución local y una iniciativa popular que no haya sido aprobada por la corporación pública correspondiente).

Otro mecanismo es la consulta popular, institución mediante la cual una pregunta de carácter general sobre un asunto de trascendencia nacional, departamental, municipal, distrital o local es sometida por el presidente de la República, el gobernador o el alcalde, según el caso, a consideración del pueblo para que éste se pronuncie formalmente al respecto.

En todos los casos, la decisión del pueblo es obligatoria.

Cuando la consulta se refiera a la conveniencia de convocar a una Asamblea Constituyente, las preguntas serán sometidas a consideración popular mediante ley aprobada por el Congreso de la República.

El cabildo abierto es la reunión pública de los concejos distritales, municipales y de las juntas administradoras locales (JAL), para que los habitantes puedan participar directamente con el fin de discutir asuntos de interés para la comunidad.

La iniciativa popular es el derecho político de un grupo de ciudadanos de presentar proyectos de ley y de acto legislativo (que pretende reformar la constitución) ante el Congreso, de ordenanza ante las asambleas, de acuerdo ante los concejos y de resolución ante las juntas administradores locales (JAL), y demás resoluciones de las corporaciones de las entidades territoriales, de acuerdo con las leyes que las reglamentan, según el caso, para que sean debatidos y posteriormente aprobados, modificados o negados por la corporación pública correspondiente.

Finalmente está la revocatoria del mandato que es un derecho político por medio del cual los ciudadanos dan por terminado el mandato que le han conferido a un gobernador o a un alcalde.

 

 

Referendo por la vida

 

Un grupo de ciudadanos que promueve el referendo Unidos por la vida, que busca modificar el artículo 11 de la Constitución, entregó ayer a la Registraduría 28.800 folios con 325.619 firmas de respaldo para la constitución del comité promotor de esta iniciativa.

El referendo propuesto busca la reforma del artículo 11 de la Constitución Política, con el fin de que se modifique el artículo así: El derecho a la vida es inviolable. “Desde su concepción hasta la muerte natural”. Actualmente el artículo 11 de la Constitución señala que “El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte”.

Marcela Posada, vocera del comité, dijo con respecto a esta iniciativa que “seremos la voz de los que no tienen voz. Lucharemos para que los colombianos respetemos y salvemos la vida de nuestros niños por nacer”. 

El movimiento, cuya finalidad es evitar más muertes en Colombia de niños por nacer, está conformado por diferentes sectores de la sociedad civil y cuenta con el respaldo de 76 por ciento de los colombianos, de acuerdo con recientes encuestas de opinión.

Para el equipo promotor, el aborto ha tomado tal fuerza que en Colombia es más difícil conseguir una botella de licor que abortar: mientras esas bebidas se venden solo a mayores de 18 años, según la circular 003 de la Superintendencia Nacional de Salud las mujeres menores de 14 años tienen derecho a solicitar la práctica de interrupción voluntaria del embarazo, sin que se les exija consentimiento de sus representantes legales.

Además de Posada, integran el comité Verónica Yulieth Cardona, Lina Fernanda Morera, Deyssi Karina Sterling, Amanda Rodríguez, Claudia Rodríguez, Vicente José Carmona, Nicolás David Garzón y Marcel Fernando Tangarife.

Para esta primera etapa del referendo, que corresponde a la inscripción del comité de promotores, los interesados deben presentar el 5 por mil del censo electoral representado en firmas de apoyo. Actualmente el censo electoral colombiano asciende a 32.093.488, razón por la cual el 5 por mil equivale a 160.467. Los promotores del referendo Unidos por la Vida presentaron alrededor de 325.619 firmas, en 48 volúmenes, cada uno compuesto por 600 folios para un total de 28.800 folios.

 

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Revocatorias de mandato radicadas en 2013

 

Mandatario                                                                    Mínimo de firmas

Rubén Acuña (Santander, Contratación)                         214

José Miguel Vásquez (Antioquia, Angostura)                  1.011

Walter Salvador Villacob (Bolívar, Achí)                         1.552

Neyla Triviño (Huila, Campoalegre)                                2.146

Miryam del Carmen Serna (Antioquia, Vigía del Fuerte)  440

María Susana Portela (Caquetá, Florencia)           8.421

Hernando Julio Manotas (Ponedera, Atlántico)                1.193

Arnulfo Miguel Ortega (San Marcos, Sucre)          2.630

William Pastor Bresneider (Usiacurí, Atlántico)               561

Tito Iván Barrera (Santiago, Putumayo)                         386

Mario de Jesús Restrepo (Gómez Plata, Antioquia)        508

Gustavo Petro (Bogotá D.C.)                                         289.263

 

Total de firmas recogidas o por recoger                         308.325

 

 

Fases de revisión de firmas

 

La Registraduría cuenta con un plazo de un mes para revisar las firmas, proceso que se realizará en tres etapas.

 

Etapa 1

 

Revisión de folios. Se revisan todos los respaldos o apoyos, de acuerdo con el siguiente procedimiento:

- Numerar (foliar) cada una de las hojas que contienen las firmas.

- Determinar el número de firmas recibidas

- Anular las hojas cuyo encabezamiento o título no tenga relación alguna con el mecanismo de participación que se está adelantando.

- Anular las hojas cuyo encabezamiento o título se encuentra escrito encima de tintas correctoras o han sido tachados o enmendados con el fin de modificarlos o alterarlos.

- Anular las hojas cuyos datos y firmas se encuentran reproducidos fotostáticamente (fotocopias).

- Anular los renglones que presenten las siguientes irregularidades: datos incompletos, ilegibles o no identificables; datos y firmas no manuscritos; firmas o datos consignados por una misma persona; no inscrito en el censo electoral respectivo; no existe correspondencia entre el nombre y el número de la cédula de ciudadanía; numerar los apoyos en orden ascendente por tomo.

 

Etapa 2

 

Verificación grafológica. Para cotejar con expertos grafólogos de manera aleatoria la posibilidad de suplantaciones, falsificaciones de firmas o firmas y datos consignados por una misma persona (uniprocedencia grafológica).

 

Etapa 3

 

Verificación de los datos sobre inscritos y votantes. Se determina si los ciudadanos que respaldan o apoyan los distintos mecanismos de participación se encuentran inscritos en el respectivo censo electoral. Esta verificación se realiza consultando los números de cédula en el Archivo Nacional de Identificación y el Registro Nacional de Votantes.

 

 

Voluntad presupuestal para voto electrónico

 

En una mesa de trabajo realizada ayer en la Comisión de Seguimiento y Vigilancia Electoral del Senado, el registrador Carlos Ariel Sánchez, dijo que aún no hay recursos asignados para las elecciones 2014.

Sánchez indicó que el presupuesto de la Registraduría para 2012 fue de 407.917 millones de pesos y para 2013 es de 306.598 millones  de pesos.

“Con una rebaja tan drástica, sin explicación alguna, se entiende que hay temas que tenemos desfinanciados, empezando por las campañas de identificación para atención a población vulnerable  que debemos desarrollar en todo el país”, señaló Sánchez.

“A la fecha no hay recursos asignados ni para las elecciones de Congreso y Presidente de la República de 2014, ni para las Consultas de Partidos del próximo 29 de septiembre”, agregó el registrador.

Sánchez señaló que “la concepción que tiene el Ministerio de Hacienda sobre las elecciones es que se trata de algo eventual. Es muy lamentable que las elecciones que se fijan en el calendario, por fecha determinada en la Constitución o la Ley, tengan el mismo trato contingente de una elección atípica  o una revocatoria de mandato”.

Por esa concepción del Ministerio, agregó el alto funcionario, es que en este momento no tenemos recursos asignados para ninguna de las elecciones de 2014, pese a que urge dejar contratado este año gran parte de la logística para esos procesos.

“Cabe recordar que la misma dificultad presupuestal la padecimos en 2009 para las elecciones de 2010. Los recursos fueron asignados cuando ya no había tiempo para realizar los procesos contractuales, tiempos previstos en la Ley lo cual nos dejó muy poco margen de maniobra y esas dificultades terminan por afectar la calidad de la elección”, indicó Sánchez.

El registrador Sánchez aclaró que “pese a estas dificultades venimos trabajando muy fuerte en la automatización del proceso electoral para garantizar transparencia especialmente en la implementación de la identificación biométrica de votantes, el escrutinio inmediato de mesa y el escaneo de actas de jurados”.

“La Comisión Asesora para el Voto Electrónico ha cumplido su labor y ya llegamos a un punto que exige definiciones de tipo financiero. Ya acordamos hacer una prueba piloto de voto electrónico en las consultas de los partidos y movimientos políticos del 29 de septiembre y ahora lo que se necesita es voluntad presupuestal para poder seguir adelante con el proceso”, señaló.

El registrador Sánchez informó que la inscripción de cédulas de ciudadanía está abierta desde el 9 de marzo y ya comenzó el despliegue de la tecnología para la inscripción electrónica de ciudadanos en Bogotá y Cundinamarca, la cual llegará al 95 por ciento del territorio nacional.

“Esta tecnología evita que a través de prácticas manuales se contamine el censo electoral con elecciones fraudulentas de ciudadanos fallecidos o con suplantación de personas que no acudan a inscribirse”, finalizó.