Cinco magistrados del Consejo Nacional Electoral se hicieron presentes en la ciudad de Cartagena para notificar al Alcalde de esa ciudad y desde allí a los alcaldes y secretarios de tránsito de otras ciudades del país, las decisiones adoptadas la semana anterior por esa Corporación en materia de propaganda electoral extemporánea.
“De las resoluciones adoptadas la semana pasada, cinco son por propaganda en Cartagena o en otros municipios del Departamento de Bolívar. Es el departamento de donde mayor número de quejas hemos recibido y por eso la Sala Plena decidió empezar por Cartagena,” sentenció el Magistrado Emiliano Rivera Bravo, presidente del Consejo Nacional Electoral.
El CNE quiere dejar claro que este no es momento para que los eventuales candidatos a las elecciones locales del próximo año, estén inundando las ciudades con vallas, pendones, avisos o adhesivos en vehículos de servicio público o privados.
El presidente de la Corporación asegura que no precisamente debe tener una foto, logotipo de campaña o nombre de candidato, para que una pieza publicitaria se defina como propaganda electoral extemporánea. “Lo propio se predica de las llamadas campañas de expectativa”, dijo Rivera Bravo.
Por su parte, el Vicepresidente del CNE, Magistrado Felipe Garcia Echeverri, afirmó que como Guardianes de la Democracia, al CNE le corresponde velar por el equilibrio por el que propende la ley al fijar límites temporales a la propaganda electora. “Esos límites temporales buscan el equilibrio entre los distintos actores de la contienda electoral. La propaganda electoral extemporánea rompe ese equilibrio, tanto en exposición pública como en recursos financieros destinados a las campañas electorales. Por eso trabajamos desde ya, ordenando a Alcaldías y Secretarías de Tránsito, para que dispongan el retiro de cualquier forma de propagada electoral.”
Vale la pena recordar a todos los ciudadanos que los candaditos a las próximas elecciones, podrán hacer propaganda electoral desde 90 días antes de la fecha de las elecciones; es decir, desde el 25 de julio de 2015. Hacerlo por fuera de ese término no solamente los expone a que sea retirada del espacio público, de vías, inmuebles y vehículos, sino que le podría acarrear sanciones a los infractores, siendo la de once millones de pesos ($11,000,000.00) la más baja.
El CNE ratifica su interés de que los partidos políticos, los eventuales candidatos y la ciudadanía en general conozcan estas restricciones y las acate para beneficio de la democracia.