Gabriel Sonny Cubillos
Periodista de EL NUEVO SIGLO
Una verdadera ofensiva legislativa desató en los últimos días el Consejo Nacional Electoral con la radicación de proyectos para con uno de ellos, poder aplicar en las elecciones de 2014 nuevamente la facultad de revocar la inscripción de candidatos que empleó en los comicios territoriales de 2011, pero que hace poco el Consejo de Estado dejó sin efecto al determinar que esta regulación solamente la puede hacer el Congreso; en tanto que la otra iniciativa es para que le sea reconocida la autonomía administrativa y financiera.
Los dos proyectos están pendientes de primer debate en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes y son de suma importancia para la máxima autoridad electoral del país en cuanto a lo que será su papel en los comicios legislativos y presidenciales de marzo y mayo de 2014, respectivamente.
En mayo pasado, se quedó sin sustento legal la facultad que le dio la Reforma Política (Acto Legislativo 01 de 2009) al Consejo Nacional Electoral para revocar la inscripción de candidatos, ya sea por solicitud de los partidos o movimientos políticos, o actuando de oficio cuando exista plena prueba de que aquellos están incursos en causal de inhabilidad prevista, a raíz de un fallo del Consejo de Estado que anuló una Resolución por medio de la cual el organismo regulaba este procedimiento.
El demandante argumentaba que el organismo electoral carecía de competencia para expedir la Resolución, puesto que este tipo de facultades están reservadas por la Carta Política al Congreso de la República. Por el contrario, el CNE consideraba que constitucionalmente estaba facultado para darse su propio reglamento porque la Resolución se profirió en ejercicio de su potestad reguladora.
La Sección Quinta del Consejo de Estado, con ponencia del magistrado Mauricio Torres Cuervo, le dio la razón al demandante al establecer que solo el Congreso puede facultar al organismo electoral para revocar las inscripciones de los candidatos a corporaciones públicas o a cargos de elección popular.
“Para la Sala no hay duda que el procedimiento que se expida a efectos de revocar la inscripción de un candidato a elección popular compete al Congreso de la República por conducto de una ley estatutaria, y no al Consejo Nacional Electoral”, indica la sentencia.
El organismo electoral ‘estrenó’ esta facultad en los comicios regionales de 2011, cuando revocó la inscripción de más de 800 candidatos de los 100 mil que se presentaron, en la mayor parte de los casos a solicitud de los propios partidos que los habían inscrito.
En esa oportunidad le fue revocada la inscripción a 235 candidatos de Cambio Radical, 161 del Movimiento MIO, 99 del Partido Social de Unidad Nacional (La U), 61 del Partido Liberal, 50 de la Alianza Social Independiente (ASI) así como del entonces Partido de Integración Nacional (PIN), 40 del Partido Verde, 32 del Partido Conservador, 23 del Movimiento Afrovides, 25 del Movimiento AICO y 20 del Polo, entre otros.
Autonomía
En tanto que el otro proyecto que radicó en la Cámara la presidenta del CNE, magistrada Nora Tapia, tiene que ver con lograr para este organismo la autonomía administrativa y presupuestal que le otorgó la Reforma Política de 2009.
El Consejo electoral ha llamado la atención por esta situación porque sigue dependiendo presupuestalmente de la Registraduría Nacional del Estado Civil, pues la planta de personal y la contratación se ejecutan a través de esta última entidad. Lo que no se compadece con las nuevas responsabilidades que le dio la ley, pues a partir del Acto Legislativo 01 este organismo regula toda la actividad electoral, para lo cual inspeccionará, vigilará y controlará la actividad electoral de los partidos y movimientos políticos, de los grupos significativos de ciudadanos, de sus representantes legales, directivos y candidatos, entre otros.
Para tal fin, el Acto Legislativo 01 de 2009 señala en el artículo N° 12 que el CNE “gozará de autonomía presupuestal y administrativa”. Sin embargo, de esa época a hoy el Congreso ha hundido tres proyectos de acto legislativo en este sentido que ha presentado el Consejo Nacional Electoral.