Los alcaldes de los municipios en donde se ha presentado publicidad política extemporánea deben ser investigados por no hacer cumplir la ley, afirmó el presidente del Consejo Nacional Electoral, Emiliano Rivera.
El Magistrado señaló que las investigaciones continúan y que “el tema no solo es de los candidatos, sino también es de los alcaldes y la Procuraduría tiene en la mira a los mandatarios que no están cumpliendo las medidas cautelares y en otras palabras, la ley”.
Añadió Rivera que el cumplimiento de la ley obedece a esas primeras autoridades municipales donde se están instalando vallas o haciendo publicidad. Anotó que ya la Procuraduría está adelantando investigaciones y no solo a los alcaldes, sino a las autoridades ambientales, a quienes les corresponde la vigilancia.
Afirmó el presidente de la entidad electoral que por lo menos hay unas 70 investigaciones que se han abierto a la fecha por publicidad extemporánea en los diferentes municipios del país y “en los cuales casi la tercera parte se ha hecho de oficio, gracias a la denuncia decidida de los medios de comunicación”.
Manifestó que las quejas han llegado por medio de los portales, las páginas web, y otros medios de comunicación que nos ha facilitado las fotografías y nos han dado la información para poder avanzar en estas investigaciones.
En ese sentido la Corporación electoral expidió un comunicado en el que se expresa que se invita a la ciudadanía a que denuncie antes del 25 de julio de este año cuando vean vallas publicitarias, pendones, avisos o adhesivos en vehículos con propaganda electoral; o cuando escuche el nombre de algún candidato en canciones poemas y mensajes.
De la misma manera se indica la forma como se pueden hacer las denuncias sobre la propaganda extemporánea. “Si puede, tome una fotografía o audio de la prueba, es decir de la valla, pendón, mensaje, canción, poema, etc. Radique su denuncia (por escrito o verbalmente) en la alcaldía de su municipio, en la Registraduría o en el Consejo Nacional Electoral. También puede comunicarse con nosotros a través de las redes sociales Facebook: Consejo Nacional Electoral o en Twitter: @CNE_Colombia. Indicándonos el lugar de la propaganda, dónde la escuchó; fotos o video preferiblemente”.
El CNE recomienda a la ciudadanía que en caso de que se presente la denuncia, debe narrar los hechos que denuncia, las fotos, grabación de audio o video preferiblemente o cualquier otra prueba de la realización de propaganda electoral antes del término permitido. También la dirección o indicaciones del lugar dónde se encuentra la valla o mensaje; placas del carro que lleva la propaganda, emisora o lugar donde escuchó el mensaje. La fecha en que se fijó, divulgó o difundió la propaganda electoral.
Reiteró el magistrado Rivera que este no es momento para que los eventuales candidatos a las elecciones locales del próximo año, estén inundando las ciudades con vallas, pendones, avisos o adhesivos en vehículos de servicio público o privados.
El presidente de la Corporación asegura que no precisamente debe tener una foto, logotipo de campaña o nombre de candidato, para que una pieza publicitaria se defina como propaganda electoral extemporánea. “Lo propio se predica de las llamadas campañas de expectativa”, dijo Rivera.
Por su parte, el vicepresidente del CNE, Magistrado Felipe García, afirmó que como guardianes de la democracia, al CNE le corresponde velar por el equilibrio por el que propende la ley al fijar límites temporales a la propaganda electoral. “Esos límites temporales buscan el equilibrio entre los distintos actores de la contienda electoral. La propaganda electoral extemporánea rompe ese equilibrio, tanto en exposición pública como en recursos financieros destinados a las campañas electorales. Por eso trabajamos desde ya, ordenando a Alcaldías y Secretarías de Tránsito, para que dispongan el retiro de cualquier forma de propagada electoral”.