Las medidas provisionales ordenadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos desde el 5 de julio de 2004 a favor de los miembros del pueblo indígena Kankuamo fueron levantadas, informó el Departamento para la Prosperidad Social (DPS).
El alto tribunal multilateral advirtió que en términos del artículo 1.1 de la Convención Americana, el levantamiento de las medidas provisionales no implica que el Estado quede relevado de sus obligaciones convencionales de protección.
Según la comunicación del DPS, al tomar la decisión la Corte manifestó que el Estado ha hecho importantes esfuerzos para atender esta población y que ha adoptado diversas medidas materiales y de otra índole.
El órgano judicial adscrito a la Organización de Estados Americanos (OEA) habría aclarado que “si bien al parecer continúan teniendo lugar algunos actos en contra de diversos miembros del pueblo indígena Kankuamo, dicha situación no es comparable con aquella descrita en el año 2004 por la Comisión Interamericana al solicitar las presentes medidas provisionales”.
Desde la antigua Acción Social, hoy DPS, “se viene trabajando desde entonces en la recuperación del cordón ambiental de la Sierra Nevada de Santa Marta y muchas de las acciones desarrolladas dentro de este objetivo, fueron tenidas en cuenta” para levantar las medidas, sostuvo la comunicación oficial.
En su momento, la Corte requirió de Colombia, entre otras cosas, la adopción de las medidas necesarias para proteger la vida, integridad y libertad personal de todos los miembros de las comunidades que integran el pueblo indígena Kankuamo; informar a la Corte sobre la investigación de los hechos que dieron origen a las medidas provisionales; y garantizar las condiciones de seguridad necesarias para que se respete el derecho a la libre circulación de las personas del pueblo indígena Kankuamo, así como que quienes se hayan visto forzados a desplazarse a otras regiones puedan regresar a sus hogares si lo desean.