A pesar de que las sanciones por violar las normas sobre espacio público por vallas políticas irregulares para las elecciones de este año son competencia de los alcaldes, el Consejo Nacional Electoral podría iniciar investigaciones de oficio a partir de allí para establecer si las respectivas campañas han respetado los límites fijados para gastos.
En ese sentido, el organismo electoral está a la espera de que los mandatarios distritales y municipales le reporten las irregularidades que se han presentado en sus respectivas circunscripciones territoriales en la actual campaña política en materia de vallas, que para el caso de las elecciones parlamentarias del próximo 9 de marzo se inició el pasado 9 de diciembre.
La Ley 1475 de 2011 (reglamentaria de la Reforma Política de 2009) indica que la propaganda electoral es el principal ítem de la campaña política. En ese sentido, el Consejo Nacional Electoral para estas elecciones reguló el número máximo de vallas y avisos que los candidatos pueden fijar en cada municipio.
A oídos del organismo electoral han llegado muchas quejas de diferentes regiones del país por extralimitación en el número de estas piezas publicitarias, sin embargo, la Ley 140 de 1994 pone en cabeza de los alcaldes otorgar los permisos respectivos para colocar publicidad visual exterior, que para el caso de la publicidad política no puede ser superior al establecido por el Consejo Nacional Electoral.
La Ley 140 de 1994 indica que corresponde a los alcaldes y registradores municipales regular la forma, características, lugares y condiciones para la fijación de carteles, pasacalles, afiches, y vallas destinadas a difundir propaganda electoral a fin de garantizar el acceso equitativo de los partidos y movimientos, en armonía con el derecho de la comunidad de disfrutar del espacio público.
Si la Alcaldía encuentra que en su municipio se han colocado vallas para los próximos comicios en una cantidad superior a la establecida o en un sitio no permitido está en la obligación de desmontar la pieza publicitaria, imponer multas por violación al espacio público, pero también el Consejo Electoral espera ser informado de estos hechos porque eso, en un momento dado, podría ayudar a la violación de topes de campaña, entonces el organismo electoral podría investigarlo desde esa óptica.
EL NUEVO SIGLOconoció de buena fuente que por el momento el Consejo Nacional Electoral aún no ha emprendido ninguna investigación por topes electorales a partir de violaciones al número autorizado de vallas políticas, a pesar de que estuvo pendiente de la situación que se presentó en Bucaramanga, en donde la alcaldía de esa capital ordenó desmontar más de 50 vallas por violación del espacio público.
El Consejo Nacional Electoral a través de la Resolución N°00832 de 2013 fijó el número máximo de vallas que podrán colocar los partidos y movimientos políticos para los próximos comicios de Congreso:
En los municipios de sexta, quinta, cuarta y segunda categoría, hasta cinco vallas. En los municipios de primera categoría, categoría especial y capitales de departamento, hasta veinte vallas. En Bogotá, hasta 40 vallas.
Las vallas tendrán un área de hasta 48 metros cuadrados.
Denuncias
En varios municipios del país sus respectivas administraciones han iniciado investigaciones y retirado vallas políticas que violaban la normatividad sobre espacio público, como es el caso de la ciudad de Cali, en donde cerca del 90% de estas vallas publicitarias son ilegales porque las colectividades tienen que solicitar un permiso ante Planeación Municipal, sin embargo, solo una colectividad había cumplido con este requisito.
En tanto que en Bucaramanga han sido retiradas más de 50 vallas que estaban ubicadas en sitios no autorizados, mientras que muchas otras no cuentan con el permiso respectivo para su instalación.
Una situación parecida se ha presentado en otros municipios del departamento de Santander, como Girón, en donde fueron desmontadas 23 vallas ilegales.
También en Santa Marta se han desmontado vallas y la administración distrital ha iniciado las investigaciones administrativas de rigor para establecer las multas correspondientes.