La Procuraduría General formuló pliego de cargos a la María del Pilar Joves, en su condición de gerente de la Industria Licorera de Caldas para el año 2011, por presuntamente haber utilizado, permitido y autorizado que se redimieran tiquetes aéreos, en virtud de la oferta de servicios de transporte con beneficios comerciales celebrada entre la Industria Licorera de Caldas y la aerolínea Avianca, a personas que no eran funcionarias de la Industria destilera.
Con el actuar de la funcionaria pública, aparentemente se vulneraron las restricciones y de aplicabilidad de dicha oferta, ya que si los tiquetes adquiridos por la empresa eran para uso exclusivo de sus funcionarios en comisión, de contera se deduce que los beneficios derivados de dicha oferta de servicios se debían aplicar para los mismos fines, es decir, para funcionarios que requirieran en ejercicio de sus funciones desplazarse al interior o exterior de país.
Joves Ramírez aparentemente infringió los artículos 22, 34, 35 y 50 del Código Único Disciplinario, por lo que se califica como falta grave por la inobservancia en el cuidado necesario que debió imprimir a sus actuaciones, conforme a lo prescrito en el artículo 50 de la Ley 734 de 2002, así mismo, se consideró realizada a título de dolo, porque la disciplinada tenía conocimiento de que la tarjeta otorgada por Avianca se encontraba a nombre de la empresa y que si bien ella en su calidad de gerente general podía disponer de ella, en ningún momento, la autorizaba como tal para beneficiar a su grupo familiar.