El convenio de asociación y cooperación interinstitucional se suscribió mediante la modalidad de contratación directa, eludiendo al parecer el proceso de selección pública de ofertas con personas naturales o jurídicas que tuvieran la capacidad para ejecutarlas.
Por posibles irregularidades presentadas en una contratación suscrita bajo la figura del convenio interadministrativo entre el municipio de Montería y la Caja de Compensación Familiar de Córdoba (COMFACOR), la Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra el señor Marcos Daniel Pinedo García, en su condición de alcalde de Montería (Córdoba); y José David Díaz Sotomayor, quien para la época de los hechos se desempeñó como secretario de Infraestructura del mencionado municipio.
El contrato celebrado tiene por objeto construir, dotar, administrar y operar por espacio de cinco años dos hogares múltiples en igual número de barrios y un hogar grupal en el corregimiento de Los Garzones (Montería) y sus actividades complementarias, como estrategia de cualificación de la atención de los niños y niñas menores de seis años o primera infancia, dentro de los lineamientos propios del esquema que establece y maneja el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
De acuerdo con la investigación, el municipio habría contratado de manera directa a COMFACOR, por más de 6.000 millones de pesos, pese a que la naturaleza del contrato y el objeto convenido no permitía acudir a esta modalidad de contratación, dado que representaba “la elusión del trámite de convocatoria pública de proponentes y de selección objetiva del contratista“.
Señala el órgano de control que la contratación se habría hecho en el marco de la autorización consagrada por el artículo 355 de la Constitución Política y desarrollada en los Decretos 777 de 1992 y 1403 de 1992, pese a que por la naturaleza y objeto de la contratación no era procedente acudir a dicho esquema contractual.
En ese sentido, se advierte que al parecer COMFACOR no contaba con la experiencia e idoneidad en la construcción de este tipo de obras públicas, pues estas actividades no están contempladas en el objeto social de esta entidad y, por ello, la Caja de Compensación habría subcontratado con terceros la construcción de estos hogares.
Dentro de la investigación también se formularon cargos disciplinarios al señor José David Díaz Sotomayor, en su calidad de secretario de Infraestructura de Montería porque pese a que el contratista no reunía los requisitos constitucionales para contratar directamente, avaló con su firma la celebración de dicho convenio bajo el esquema previsto por los artículos 355 constitucional, 96 de la Ley 489 de 1998 y por el Decreto reglamentario 777 de 1992 (parcialmente modificado por el decreto 1403 de 1992).
Agrega el Ministerio Público que el investigado al viabilizar los “estudios previos de necesidad, conveniencia y oportunidades” avaló en forma irregular el convenio de asociación y cooperación interinstitucional que daría como resultado la evasión del proceso de selección del contratista y el desconocimiento de los principios de transparencia y responsabilidad contractuales.