La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra los señores Adalberto Baena Oyola, en su condición de alcalde de Necoclí para el período institucional 2012 – 2015, y Joaquín Emilio Neira Sánchez, en calidad de comisario de Familia de la misma municipalidad.
De acuerdo con la queja interpuesta por un concejal de Necoclí, el actual mandatario nombró y posesionó en el cargo de comisario de Familia a Joaquín Emilio Neira Sánchez, persona que presuntamente no reunía los requisitos legales.
El material probatorio allegado establece que el señor Neira Sánchez, quien ostenta el título de abogado, no registró especialización alguna al momento de iniciar sus funciones, contrariando lo exigido por la Ley 1098 de 2006: acreditar título de posgrado en Derecho de Familia, Civil, Administrativo, Constitucional, Procesal, Derechos Humanos, o en Ciencias Sociales siempre y cuando, en este último caso, el estudio de la familia sea un componente curricular del programa.
En esta etapa procesal las conductas endilgadas a la primera autoridad municipal y al comisario de Familia de la localidad fueron tipificadas por el órgano de control como graves en la modalidad de culpa grave, dado que por su falta de cuidado incumplieron las exigencias contenidas en las normas, las cuales no son una liberalidad sino la imposición legal para el ejercicio de un cargo de transcendencia para la población.
De conformidad con los derechos que les asisten a los investigados, estos podrán rendir su versión acerca de los hechos endilgados, así como presentar descargos, solicitar y/o aportar las pruebas que consideren pertinentes para su defensa.