La construcción de tres obras que se venían adelantando dentro de la Reserva Forestal Protectora de la Cuenca Alta del río Bogotá y que impactan los recursos de flora, suelo y agua, fue suspendida por la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), a través de la Oficina Bogotá- La Calera.
El director de la CAR, Alfred Ignacio Ballesteros, confirmó que a partir de la medida de suspensión, la autoridad ambiental iniciará el proceso sancionatorio que para este tipo de infracción a la normatividad ambiental contempla sanciones económicas de hasta 5.000 salarios mínimos vigentes.
De acuerdo con los procesos que cumplió la CAR para fundamentar la medida de suspensión, las empresas constructoras deben suspender de manera inmediata la edificación de los colegios George Washington School (ubicado en el kilómetro 5 de la vía Bogotá-La Calera, vereda Aurora Baja) y La Colina (ubicado en el sector del mismo nombre).
En otra decisión adoptada por la autoridad ambiental en las últimas horas luego de realizar visitas de seguimiento y control, se determinó la suspensión de las obras del Centro Comercial El Manantial, proyecto de 1.459 metros cuadrados, ubicado en la vereda El Líbano, también en la Reserva Forestal Protectora de la Cuenca Alta del río Bogotá y donde se tenía prevista la ubicación de importantes empresas comerciales, así como una estación de gasolina.
En desarrollo de las visitas técnicas, la CAR confirmó que las obras de la nueva sede de los colegios George Washington y La Colina previstas para atender a unos 300 alumnos, adelantaron excavaciones de terreno, movimientos de tierra inerte, nivelaciones de área, conformación de terrazas, apertura de vías, disposición inadecuada de material de excavación y escombros con los consecuentes impactos en los recursos naturales.
Esta última obra estaba en fase final, solo restaban los acabados, por lo que la autoridad ambiental hace un llamado a las empresas constructoras y a los particulares, en especial a las que adelantan proyectos en zonas rurales, a revisar que sus actividades estén debidamente amparadas a la luz de la legislación ambiental y de ordenamiento territorial.
Ballesteros indicó que únicamente se podrán expedir licencias de construcción de vivienda unifamiliar aislada y que el Grupo de Procesos de la Subdirección Jurídica de la CAR estudia estos casos para determinar las acciones judiciales que se podrían entablar para impugnar la legalidad o no de las resoluciones que otorgaron las licencias de construcción correspondientes.
“En Colombia pasa algo particular que no ocurre en casi ningún país del mundo y es que los particulares para adelantar proyectos de esta naturaleza en zona urbana o rural no requieren licencia ambiental sino que solamente se necesita una licencia de construcción que confieren las autoridades municipales. Estas tres obras cuentan con licencias pero son actos administrativos expedidos en contravía de una norma nacional, de una norma superior y en un área de reserva donde no podían haberse concedido esta clase de licencias o permisos. Además la suspensión implica que los proyectos no se podrán materializar”, concluyó Ballesteros durante el anuncio de la medida.