Debido a la baja asistencia registrada durante las capacitaciones a los jurados de votación en los departamentos de Bolívar, Atlántico y Magdalena, el Registrador Nacional del Estado Civil, Carlos Ariel Sánchez Torres, reiteró a los ciudadanos seleccionados para los comicios del 9 de marzo, que las capacitaciones que se adelantan son de carácter obligatorio.
Durante una rueda de prensa programada hoy en Cartagena, el Registrador Nacional, expresó su preocupación ante la baja asistencia a las jornadas pedagógicas.
“Los jurados tienen una gran importancia en la rapidez en la entrega de resultados, por eso es esencial que acudan a las charlas programadas por la Entidad”, señaló el Registrador Nacional.
Desde el pasado jueves 20 de febrero, la Registraduría inició las capacitaciones para los 41.387 jurados de votación de Atlántico y a hoy jueves 27 de febrero tan solo se han capacitado un total de 20.280 ciudadanos que equivalen al 49% de los jurados seleccionados.
De los 28.079 jurados de Bolívar, sólo el 40% de ellos, lo que equivale a 11.232 ciudadanos han acudido a las jornadas. Para el caso de Cartagena donde fueron designados 14.000 jurados, tan solo 2.100 de ellos, que equivale al 15%, han recibido la capacitación.
Por su parte de los 16.649 de Magdalena cerca del 50% de ellos han acudido a las jornadas pedagógicas programadas por la Registraduría Nacional
La capacitación es obligatoria para todos los jurados, independiente de si ya se desempeñaron como jurados en procesos electorales anteriores, ya que cada jornada democrática tiene sus propias dinámicas y se han actualizado formularios, procesos de preconteo y escrutinio, entre otros.
Los Delegados de la Registraduría, así como los registradores municipales se han desplazado hasta las empresas que aportaron los listados de sus empleados para capacitar directamente a los ciudadanos designados para prestar su servicio durante los comicios de Congreso de la República y Parlamento Andino.
El artículo 105 del Código Electoral dice que “El cargo de jurado de votación es de forzosa aceptación y la notificación de tales nombramientos se entenderá surtida por la sola publicación o fijación en lugar público de la lista respectiva”. En consecuencia, el no recibir comunicación no es una excusa para no prestar el servicio de jurado de votación y por lo tanto es importante que todos los ciudadanos verifiquen en los listados que se fijan en lugares públicos si fueron seleccionados para este servicio o verifiquen en la página de la Entidad www.registraduria.gov.co en el enlace “Consulte aquí si usted es jurado de votación“, antes del certamen electoral.
Las personas que sin justa causa no concurran a desempeñar las funciones de jurado, las abandonen, o no las desempeñen en forma idónea el domingo 9 de marzo, se harán acreedoras a la destitución del cargo que desempeñan si son servidores públicos, y si no lo son, a una multa equivalente hasta de 10 salarios mínimos legales vigentes.