“Cambio de fecha de revocatoria no violó derecho” | El Nuevo Siglo
Martes, 25 de Febrero de 2014

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca explicó que la Registraduría no vulneró los derechos constitucionales al modificar la fecha de la revocatoria  del mandato del alcalde Gustavo Petro para el 02 de marzo.

En la decisión el tribunal señaló que“la Registraduría Nacional del Estado Civil explicó debidamente las razones que le impidieron llevar a cabo los trámites requeridos para que la revocatoria se hiciera el 2 de marzo, las cuales se encuentran íntimamente relacionadas con la inexistencia de la partida presupuestal requerida para todos los procesos de contratación estatal”.

La sala advierte que  “lo que se encuentra protegido constitucionalmente es que el ciudadano pueda participar en el ejercicio del control político; en este caso que se le garantice al accionante la oportunidad de manifestarse a favor o en contra de la revocatoria del mandato del burgomaestre  Gustavo Petro Urrego, situación que actualmente se encuentra plenamente asegurada por parte de la  Registraduría Nacional y Distrital del Estado Civil, que ya tomaron las medidas necesarias para efectuar la contratación requerida con el fin de realizar la jornada electoral que se llevará a cabo el próximo seis (06) de abril de dos mil catorce (2014). Es decir, el accionante en esa fecha , si así lo desea, podrá expresar su voluntad libremente”.

Se señala además en las decisiones que “la revocatoria se celebrará de todos modos y en un plazo corto frente a la fecha inicial, no observándose que tal dilación genere un daño grave al actor o una irremediable vulneración a sus derechos”.