Cámara aprobaría hoy la reforma política | El Nuevo Siglo
Foto El Nuevo Siglo - Cristian Álvarez
Domingo, 29 de Octubre de 2017
Redacción Política
Congresistas esperan avanzar en el fast track que ya le quedan pocas semanas de actividad legislativa.

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Esta semana será definitiva para el Acto Legislativo de Reforma Política que tiene a consideración la Cámara de Representantes. De sus definiciones dependerá que la propuesta en discusión logre su aprobación en segundo debate.

Al articulado le restan por discutir y votar tres normas y la vigencia, así como cerca de 60 proposiciones, entre las cuales sobresalen algunas que plantean la reapertura de varios de los artículos ya votados. 

Hasta ahora, la propuesta ya incluye que los partidos hagan coaliciones en las elecciones de 2018, que haya listas cerradas desde 2022, que nadie será elegido por más de dos periodos consecutivos en las diversas corporaciones públicas de elección popular, la reducción en la edad para ser Senador a 25 años, para ser representante a 21 años y la utilización de los medios digitales para ampliar la inscripción y el voto en el exterior y en zonas apartadas.

También prohíbe que las campañas contraten el transporte de sus electores; autoriza las firmas digitales para que  ciudadanos presenten iniciativas ante el Legislativo y elimina el origen político de quienes sean elegidos en el Consejo Nacional Electoral, entre otros temas esenciales. 

Un aspecto esencial que se negó en segundo debate fue la creación del tribunal de aforados cuya función sería investigar y sancionar a los altos funcionarios del Estado.

Articulado aprobado

Entre los artículos aprobados están el primero que tiene que ver con los derechos del ciudadano para elegir y ser elegido, conformar partidos y revocar el mandato de los elegidos, entre otros temas.

El artículo 8 que autoriza conocer de la acción de la nulidad de los actos de elección por cuerpos electorales, así como de los actos de nombramiento que expidan las entidades y autoridades públicas de todo orden y el artículo 9 que regula “el ejercicio del derecho al voto para acceder al empleo público”.

También se aprobó el artículo 10 que dispone listas cerradas en los procesos electorales a partir del 2022 y la posibilidad que los partidos puedan hacer coaliciones desde las elecciones de 2018 y el artículo 11 que fija la composición del Consejo Nacional Electoral (9 miembros), con períodos de 8 años y las calidades, inhabilidades e incompatibilidades y fueros de los magistrados.

Asimismo se aprobó el artículo 12 que dispone la regulación sobre la autonomía administrativa y presupuestal del Consejo Nacional Electoral.

Articulado negado y pendiente

Los artículos 5, 6 y 7 fueron negados e incluyen todas las normas relacionadas con la creación y funciones del Tribunal de Aforados.

Entre el articulado pendiente está el 3 que precisa requisitos para que el Consejo Nacional Electoral reconozca personería jurídica a organizaciones políticas con un mínimo de afiliados, así como el artículo 4 que dispone que el Estado concurrirá con la financiación del funcionamiento de las organizaciones electorales con anticipos, reposición de gastos y desembolsos indirectos y el artículo 14 que establece la vigencia de la propuesta.

Por definir también está el artículo 12 que regula la autonomía administrativa y presupuestal del Consejo Nacional Electoral.

Proposiciones pendientes

Un total de 59 proposiciones a los artículos 2, 3 y 4 están pendientes por resolver en el debate y votación de la próxima semana del Acto Legislativo de la Reforma Política.

Entre estas hay ocho de representantes del Centro Democrático que solicitan la reapertura de varios artículos que fueron aprobados por no haber cumplido con el tiempo legal de votación. Incluso hay otra de la senadora Sandra Villadiego que modifica el artículo 2 y autoriza a los miembros de los cuerpos colegiados de elección popular, la inscripción a un partido distinto al que lo avaló dos meses antes de la entrada en vigencia del Acto Legislativo. Otras corresponden a proposiciones a los artículos 3 y 4 que tratan sobre composición de los partidos, movimientos políticos, así como de financiación.

Se destaca la proposición para el artículo 3 firmada por el presidente de la Cámara, Rodrigo Lara, y del representante del Centro Democrático Álvaro Hernán Prada, que reconoce la personería jurídica a “aquellas organizaciones políticas que demuestren tener una base de afiliados compuesta por al menos el 0,5% del censo electoral” y “a partir del 1° de enero de 2019, dicha base mínima de afiliados para el reconocimiento de la Personería Jurídica aumentará en un 0.05% del censo electoral de manera anual hasta alcanzar un tope máximo de 3%  del censo electoral nacional”.

De la misma manera, esta proposición plantea que los movimientos con personería jurídica solo podrán postular candidatos a elecciones territoriales si tienen el 1,5% del censo electoral y el 0,5% de los censos electorales en cada uno de los departamentos y el Distrito Capital en las elecciones nacionales.

Voces de Paz

Por su parte, la proposición de Voces de Paz sobre el mismo tema plantea que se reconocerán “a aquellas organizaciones políticas que demuestren tener una base de afiliados compuestas por al menos el 0.3 por ciento del censo electoral nacional y que a partir del 1° de enero de 2019, dicha base mínima de afiliados (…) aumentará en un 0.05%, hasta alcanzar un tope máximo de 0.5% del censo electoral”.

Para postular candidatos a elecciones territoriales por parte de los partidos o movimientos políticos, los Voceros de las Farc en el Congreso proponen que “hayan demostrado que dentro de su base de afiliados cuentan con un mínimo de afiliados del 1,5% del censo electoral”.

En cuanto a las elecciones nacionales dice la proposición que podrán postular candidatos los movimientos o partidos políticos que “hayan demostrado que cuentan con un número mínimo de afiliados de al menos el 0.3 por ciento de los censos de 50 por ciento del total de los departamentos y del Distrito Capital”.

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