El manejo de inglés clásico y no del raizal no es impedimento para ejercer como juez en San Andrés, señaló el Consejo de Estado al aclarar que no hay norma que especifique cuál es la prueba idónea para quienes aspiran a cargos jurisdiccionales en el archipiélago.
En reciente decisión, la Sección Quinta, con ponencia de la magistrada Lucy Jeannette Bermúdez, confirmó el nombramiento de un juez penal del Circuito Especializado de San Andrés, cuya designación había sido demandada porque supuestamente el señor no dominaba el inglés raizal, sino el americano.
Según el demandante, el Consejo Superior de la Judicatura, que regula el acceso a la carrera judicial, impuso como requisito hablar el idioma inglés para el Distrito Judicial de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. Sin embargo, fue el Consejo de Estado, en sentencia del 2010, el que determinó que el inglés que debía acreditarse no era el estadounidense sino el nativo, es decir, el comúnmente hablado por la etnia raizal, y le pidió al Consejo Superior que reglamentara la forma de acreditar el requisito idiomático.
En la demanda, se afirma que el juez nombrado presentó una certificación del curso básico que realizó en un instituto de enseñanza, desatendiendo la norma que se refiere al dialecto “creole” y no al inglés clásico de los exámenes tradicionales “porque de lo que se trata es de proteger la cultura, la identidad y las prácticas raizales”.