Se radicó en el Congreso el proyecto de ley número 112 de 2014, por “la cual se crea el tipo penal de Acoso Sexual en el Transporte Público” de la autoría del senador Antonio Guerra, de Cambio Radical, el cual contempla que las personas que realicen este tipo de actos paguen una pena de cárcel.
Esta iniciativa surgió a raíz de las denuncias interpuestas por varias mujeres que se movilizan a diario en el sistema masivo de Transmilenio y han sido vulneradas en su integridad con estas conductas.
De acuerdo con el articulado de la iniciativa “el que realice tocamientos inesperados en partes íntimas del cuerpo de una persona, sin su consentimiento, aprovechándose de las circunstancias propias de los medios de acceso y utilización de transporte público, incurrirá en prisión de dos a cuatro años”.
Sin embargo, el tercer artículo del proyecto agrega que “la pena establecida para el delito descrito anteriormente se aumentará de una tercera parte a la mitad cuando: 1. La conducta se cometiere en concurso con otras personas. 2 Quien la realiza tenga como fin el contagio de una enfermedad de transmisión sexual. 3. Se realice sobre persona menor de 14 años. 4. Cuando la víctima fuere una persona disminuida físico, sensorial, o síquicamente”.
De otro lado, la iniciativa busca llenar el vacío en la justicia que dificulta el debido procesamiento de los abusadores por falta de tipificación en el delito. En ocasiones dicen las víctimas, estos sujetos han sido capturados en flagrancia, conducidos a la URI y posteriormente devueltos a las calles.
“El operador de justicia se enfrenta a serias dificultades para determinar si estos comportamientos pueden ser considerados como actos sexuales violentos o por el contrario deben ser tratados como injuriosos por vía de hecho”, dice el documento.