El Consejo de Estado negó la solicitud de pérdida de investidura del senador santandereano Bernabé Celis, de Cambio Radical, demandado porque supuestamente estaba inhabilitado debido a que su esposa era la directora de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga (CDMB).
Según el demandante, la Red de Veedurías de Colombia, el congresista estaría inhabilitado, pues, según el artículo 179 de la Constitución, no puede ser elegido quien tenga vínculo matrimonial con una persona que ejerza autoridad política o civil en la circunscripción en la que se deba efectuar la elección. En este caso, se alegó que la mayoría de votos los obtuvo en Santander.
La Sala Plena, con ponencia del magistrado Carlos Alberto Zambrano, explicó que los senadores pertenecen a la circunscripción nacional y que las corporaciones autónomas regionales tienen la función de administrar los recursos naturales renovables y el medio ambiente, dentro del área de su jurisdicción.
En este caso, la CDMB ejerce jurisdicción solo en Bucaramanga y 12 municipios del departamento de Santander. Por tal razón, no se puede decir que dicha entidad pertenezca al orden nacional ni que su director ejerza autoridad civil o política en todo el país, explicó la Sala.
Adicionalmente, en la demanda se acusó al senador Celis de haber incurrido en violación al régimen de conflicto de intereses por haber participado en la discusión y haber votado proyectos de ley que prorrogaron el periodo de los directores generales de las CAR, incluido el de su esposa.
Sin embargo, la sentencia señaló que el senador manifestó su impedimento y no participó en el trámite ni votó la iniciativa.
De acuerdo con el demandante, mientras Celis ejercía su labor, su esposa Hercilia Páez escalaba posiciones en la CDMB, donde primero fue subdirectora administrativa de recursos naturales. Luego fue encargada de la dirección de esa entidad, un cargo que ocupó como titular y que sólo dejó por una decisión de la Corte Constitucional.