¿Beneficios a militares que cometieron delitos de guerra? | El Nuevo Siglo
Miércoles, 5 de Octubre de 2011

SE PODRÍA POR…

1.    BENEFICIOS DEBEN SER PARA TODOS: es claro que si la idea es hacer un proceso de paz que acabe definitivamente el conflicto armado, no se puede aplicar un modelo en el que quienes se alzaron en armas y atentaron contra el Estado terminen recibiendo beneficios penales, penitenciarios, económicos y de inclusión social, mientras que los que los combatieron desde la orilla oficial pero incurrieron en delitos como violación de los derechos humanos en acciones relacionadas directamente con la confrontación, se consumen en las cárceles purgando largas condenas. Si la justicia, en aras de alcanzar la paz, decide hacer sacrificios, pues éstos deben cobijar a todos los que se vieron involucrados en el conflicto, sin excepción alguna. Quiérase o no, la guerra en Colombia llegó a extremos inimaginables en donde prácticamente ningún sector de la sociedad terminó ileso. Si se habla de esquemas flexibles de justicia para los victimarios, pues no se puede dejar por fuera a los elementos aislados del Estado que incurrieron en excesos y delitos graves.

2.    PELIGRO DE LAS HERIDAS ABIERTAS: si algo ha demostrado todo el accidentado y largo juzgamiento del ataque del M-19 al Palacio de Justicia en 1985 y de la posterior retoma del edificio por parte de la Fuerza Pública, es que los procesos de paz que sólo contemplan beneficios para una de las partes terminan dejando heridas abiertas que difícilmente se cierran. Es eterna la polémica en torno a porqué los cabecillas subversivos terminaron amnistiados e indultados, ocupando varios de ellos luego altos cargos de elección popular y hasta ministerios, mientras que altos oficiales del Ejército ya purgan duras penas por los delitos que se cometieron durante la recuperación de la edificación. Esto sirve de antecedente para concluir que si hay modelos de paz que contemplen beneficios a cambio del silencio de los fusiles de quienes atacan a las instituciones, pues esas mismas gabelas deben cobijar a los que los combatieron pero acudieron a violaciones y delitos de guerra tan graves como los del enemigo. En los procesos de paz en Centroamérica, por ejemplo, los esquemas aplicados permitieron “perdón y olvido” para todos los combatientes (ilegales y legales) que cometieron delitos y debían responder ante la justicia.

3.    LA FILOSOFÍA DE LA JUSTICIA TRANSICIONAL: es claro que cualquier marco jurídico que se proponga sobre una salida al conflicto en Colombia tiene que realizarse en el ámbito de la justicia transicional y no de la ordinaria, pues en ésta última, por mandatos constitucionales, legales y los tratados internacionales de protección de los derechos humanos suscritos por el país, es prácticamente imposible viabilizar esquemas flexibles y atractivos para convencer a quienes cometieron graves delitos de guerra de apostarle a la pacificación. “El planteamiento de beneficios para los militares que hayan cometido delitos, resulta válido dentro de un proceso de paz, con una verdadera participación de los mismos militares en el proceso de justicia transicional”, precisó la presentación del documento base del proyecto de acto legislativo que propone un nuevo “marco legal” para la paz, impulsado por el senador Roy Barreras. Es claro que esto sólo es viable si antes existe un mecanismo de reparación a las victimas, que para el caso colombiano ya entró en vigencia. Además, el artículo 17 del Estatuto de Roma establece criterios de admisibilidad de las jurisdicciones de los estados para el juzgamiento de delitos de carácter internacional.

NO SE PODRÍA POR…
1.    EL HONOR MILITAR PRIMA: cada vez que se ha planteado la posibilidad de que exista algún tipo de beneficio penal o penitenciario para los militares y policías que han sido condenados por la comisión de delitos relacionados con el conflicto armado, son los propios voceros castrenses los que se oponen a ello. Insisten en que por su estatus de defensores de las armas de la Patria, el honor y la dignidad que los debe distinguir, no se les puede poner en el igual plano o el mismo rasero con los delincuentes ni juzgar bajo los mismos esquemas de flexibilidad. Esa mentalidad de la Fuerza Pública no es nueva, en realidad es de una larga tradición en Colombia. Es más, la última vez que se dio una discusión alrededor del espinoso tema fue en el trámite en el Congreso de la Ley de Reparación a Víctimas de la violencia, en donde muchos sectores se oponían a que se pusiera en el mismo rango de victimarios, que se supone sólo eran los guerrilleros y paramilitares, a los integrantes de la Fuerza Pública que por acción u omisión hubieran afectado a los civiles.

2.    YA NO ES VIABLE ‘PERDÓN Y OLVIDO’ GENERALIZADO: por más que se quieran viabilizar modelos de negociación de paz ambiciosos y lo suficientemente atractivos para convencer a quienes hacen la guerra de que la abandonen, lo cierto es que la Constitución y leyes colombianas así como los tratados internacionales de derechos humanos, especialmente tras la entrada en vigencia del Estatuto de Roma y la Corte Penal Internacional (CPI), prácticamente hacen imposible aplicar políticas de pacificación que impliquen perdonar, indultar o amnistiar a responsables de la comisión de delitos de lesa humanidad, sin importar que quien lo cometió hacía parte de los rebeldes o las tropas oficiales. La misma CPI, cuya jurisdicción es subsidiaria y complementaria a la de los países firmantes del Estatuto, advierte que cuando se dan casos de “justicia aparente”, es decir cuando las penas no corresponden ni son proporcionales a los delitos cometidos, ese alto tribunal se puede activar su competencia para evitar la impunidad, por más que se trate de decisiones soberanas internas.

3.    FALSOS POSITIVOS Y OTROS LASTRES: es complicado hablar en estos momentos de algún tipo de mecanismo que permita beneficios penales o penitenciarios a los militares y policías que -como lo dijo el vicepresidente Angelino Garzón- en el marco del conflicto armado “cometieron errores”. Tanto a nivel nacional como internacional es mucho el impacto de la gravedad de escándalos como el de los falsos positivos… Es innegable que tendría una muy mala lectura en los ámbitos internos y externos cualquier norma que pueda proponer beneficios a los uniformados involucrados en el asesinato de civiles que luego fueron presentados como guerrilleros o paras dados de baja en combate. No se puede olvidar que Colombia es monitoreada por Naciones Unidas, muchas ONG y gobiernos de países como Estados Unidos, Canadá y la Unión Europea, que condicionan los acuerdos comerciales a que se respeten los derechos humanos y se castigue severamente a quien los viola. Cualquier norma, por más bien intencionada que esté, será mal vista si implica altas dosis de impunidad. La caída de los pactos de “perdón y olvido” tras las dictaduras latinoamericanas, es fiel prueba de ello.