Audiencia contra Petro, el martes próximo | El Nuevo Siglo
Miércoles, 18 de Julio de 2012

El próximo martes 24 de julio se llevará a cabo ante la Sala Plena del Consejo de Estado la audiencia de pérdida de investidura contra el alcalde Gustavo Petro, ya que según el concejal Orlando Parada, demandante, el mandatario está inhabilitado para ocupar el cargo.
 

La demanda fue interpuesta por el cabildante en septiembre de 2011, afirmando que Petro no podía aspirar a la Alcaldía ya que fue condenado por el delito de porte ilegal de armas en 1985.
 

Parada aseveró que en su momento entregó los detalles de lo sucedido 27 años atrás, cuando Petro fue condenado a un año y seis meses de prisión.
 

“El próximo martes todos los magistrados escucharán al demandante y al demandado para proceder luego, antes de 20 días, a dictar su fallo. Estamos en la fase final para conocer la sentencia”, mencionó Orlando Parada.
 

“Cuando fue asesinado el ministro de Justicia, Rodrigo Lara Bonilla, en 1984 el Gobierno decreta el Estado de Sitio y toma una serie de medidas, entre las cuales se destaca la asignación a la Justicia Penal Militar de investigar y sancionar algunos delitos, entre ellos el porte ilegal de armas. En octubre de 1985 Petro, siendo concejal de Zipaquirá, es capturado con armas de fuego sin tener permiso de porte. El juzgado 106 de Instrucción Penal Militar lo procesó y halló culpable del delito condenándolo a 18 meses de prisión. Fue condenado el 6 de noviembre de 1985 a pena privativa de libertad de 18 meses. Fue recluido en la Cárcel Modelo de Bogotá y cumplió pena efectiva de 16 meses. El 6 de febrero de 1987 logra su libertad por pena cumplida, con una rebaja de dos meses por buen comportamiento”, dijo.
 

En tal sentido, Petro estaría inhabilitado “tanto para ser Senador como para ser Alcalde”.

 

El cabildante hizo referencia “al proceso de paz con el M-19, que concedió beneficios jurídicos por delitos cometidos con anterioridad a 1990, beneficios que fueron consagrados en la ley 77 de 1989, conocida como la ley de indulto, en ella se habló de indulto como perdón de penas y cesación de procedimiento para procesos en curso. Hay que hacer claridad que no hubo amnistía, que es un perdón de delitos que concede el Congreso. Gustavo Petro jamás se acogió a amnistía como lo certifica el Ministerio de Justicia y que el mismo Petro reconoce en distintas declaraciones ante medios de comunicación”.