Mientras casi 73.000 colombianos pierden cada mes su empleo, irónicamente los trabajadores prefieren asegurar primero el carro que protegerse contra el desempleo. A esta conclusión se llega tras 16 meses de haberse instaurado el Mecanismo de Protección al Cesante o ley de desempleo. Ya sea por falta de información o por desinterés, los trabajadores colombianos no aprovechan este tipo de seguro.
Luego de instaurarse la ley de protección al cesante, cerca de 30 mil personas han accedido a dicho seguro, una cifra muy pequeña que en promedio no cubre a la mitad de los desempleados. A diciembre de 2014 había 2.100.000 desocupados, de acuerdo con el reporte del DANE.
Es por eso que ya en una oportunidad, el exgerente del Banco de la República, Miguel Urrutia, le hizo la propuesta al ministro de Trabajo, Luis Eduardo Garzón, de crear una póliza obligatoria de desempleo, que le dé un auxilio monetario a quienes pierdan su empleo, y que sea financiado con una parte de los intereses de las cesantías.
Desinterés
El desinterés que existe con el llamado seguro de desempleo es que solo cubre a los afiliados a las cajas de compensación que se queden sin empleo y pueden recibir el cubrimiento de los aportes a salud y pensión sobre un salario mínimo por 6 meses.
De allí que de materializarse la propuesta de Urrutia, todos los trabajadores formales tendrían que aportar una parte de lo que se les consigna a comienzos de cada año por concepto de intereses de sus cesantías, con el fin de financiar una póliza que les permita acceder a una ayuda en dinero libre para sus gastos en caso de desempleo.
Para dar una idea, las personas que reciben el salario mínimo pagarían una prima anual de 65.000 pesos, que les garantizaría recibir tres salarios mínimos durante los seis meses de vigencia de la cobertura, recursos que se canalizarán a través de las cajas de compensación familiar.
En ese sentido, dicha póliza sería exclusivamente para alrededor de 7,5 millones de trabajadores formales, como consecuencia de las deficiencias de información sobre las personas que tienen ocupaciones en la informalidad.
Igualmente, para acceder a la cobertura, se plantea que los trabajadores con contrato a término indefinido hayan cotizado durante un año, y dos años en el caso de los trabajadores con contrato a término fijo.
El ingreso
De acuerdo con Urrutia, “un seguro de desempleo puede ser el mecanismo estabilizador de la economía, porque garantiza que los trabajadores mantengan un ingreso. Además ayuda a la productividad de largo plazo porque no se retiran los niños del colegio ni se deteriora el gasto en salud”.
Frente a esta situación, el exministro de Trabajo, Rafael Pardo, dijo en una exposición sobre esta situación que la propuesta del seguro de desempleo es viable porque cuenta con las características de cobertura contra un riesgo que sea incierto: despido sin justa causa, cierre de plantas, reestructuraciones, etc…
Resaltó que se financiaría con una parte de los intereses de las cesantías sin afectar el Mecanismo de Protección al Cesante, permitiendo así que estos dos programas se complementen.
El resultado de estas condiciones es que se cubren menos casos que en el Mecanismo de Protección al Cesante, y por lo tanto se pueden ofrecer mayores beneficios a las personas que están en la situación más desfavorable del desempleo (la inesperada).
Protección
A su turno, el presidente de Asofondos, Santiago Montenegro, dijo que el desempleo es una realidad que afecta a una proporción considerable de trabajadores colombianos y por esto es importante diseñar mecanismos de protección.
También mencionó que las políticas anticíclicas (como el seguro de desempleo) mejoran las densidades de cotización de los trabajadores y en consecuencia las expectativas de cobertura pensional. Sin embargo, consideró que para el proyecto será crucial estimar el número óptimo de meses de cotización requeridos para acceder al seguro de desempleo.
Será también necesaria una campaña de educación para convencer a los trabajadores sobre la necesidad de contar con este seguro. Pero, sobre todas las cosas, se requiere un gran acuerdo para disminuir drásticamente la informalidad.
Mayor contribución
Asimismo, el Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario, propone crear un sistema de prestaciones económicas contributivas por desempleo, que ampare a los trabajadores despedidos que buscan reintegrarse a una nueva relación laboral.
Señala el centro educativo que “más allá de la consignación oportuna de las cesantías por parte de los empleadores, es importante advertir que Colombia carece de un sistema de prestaciones económicas contributivas por desempleo, el cual debería ser incorporado al Sistema de Seguridad Social”.
Para el director del Observatorio, Iván Daniel Jaramillo, este sistema debe amparar a los trabajadores en situación de desempleo involuntario (despedidos sin justa causa), prever la obligatoria inscripción en el Servicio Público de Empleo y el seguimiento de los programas de capacitación y reentrenamiento para la búsqueda de una nueva vinculación.
También debe establecer períodos de carencia (períodos de aportes) que permitan financiar la prestación contributiva con cargo a los aportes con destino a las Cajas de Compensación Familiar, anotó el académico.
El Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario considera que la prestación económica por desempleo debe corresponder a un porcentaje menor al promedio de los salarios recibidos el año anterior y debe alcanzar un tope máximo de salarios mínimos, que reduzcan la tasa de desempleo a través del esquema propuesto que se oriente a la reinserción de un trabajo formal y estable.
“Es necesario incorporar mecanismos de revisión periódica a las prestaciones por desempleo, ya que debe controlarse la posible fuga hacia el trabajo informal, que posibilitaría un doble ingreso en forma fraudulenta, aspecto especialmente problemático dado que el trabajo informal en Colombia asciende al 49,6%”, dijo Jaramillo.
En su opinión, la creación del seguro de desempleo genera beneficios para la economía, como el mantenimiento del poder adquisitivo de los desempleados involuntarios, que posibilita el consumo de los afiliados que pierden su empleo.
“Su creación debe estar articulada con las políticas de generación de trabajo decente y formalización laboral, como eje central de la política pública laboral que amplíe la cobertura de la prestación propuesta y la reducción de los porcentajes de desempleo a través de la estimulación de la reinserción a una vinculación laboral formal y estable”, explicó.
Desocupación
Si bien la economía colombiana viene creciendo y la tasa de desempleo se ha reducido, Colombia sigue teniendo altas tasas de desempleo y este es un de los principales temores de los colombianos. El riesgo de desempleo en Colombia es un hecho real y el impacto en la calidad de vida de los hogares es altísimo, sin embargo esta preocupación no se ve reflejada en una mayor penetración de esta protección que ya es posible adquirir a través de bancos, empresas de servicios públicos, cajas de compensación y otros prestadores de servicios.
De acuerdo con la Cepal, la región vive una pérdida de dinámica laboral que viene afectando en mayor medida a los jóvenes y que hace necesario que los países revisen sus alternativas de protección frente al desempleo. Países como Argentina, Brasil, Ecuador y Chile cuentan con seguros de desempleo desde hace varios años bajo diferentes esquemas de financiamiento, en Colombia estamos empezando a hablar de seguro de desempleo obligatorio en función del salario durante un determinado periodo de tiempo independiente de las cesantías que no son un seguro sino un ahorro.
El ahorro
Las cesantías son un ahorro y la idea es mantenerlas para ese fin y no que la persona al momento de quedar desempleada deba echar mano de estos recursos. La idea es que el seguro de desempleo sea obligatorio y sea parte de la seguridad social de los trabajadores que están en el sector formal. El valor y la prestación del seguro irían en función del salario y durante un determinado periodo de tiempo que puede ser hasta de seis meses. La idea es poder financiarlo con una pequeña fracción del interés de la cesantía.
El seguro de desempleo actual
La ley de protección al cesante o ley de desempleo fue creada en septiembre de 2013. A este mecanismo pueden acceder todos los trabajadores formales del sector público y privado, sobre quienes los empleadores hayan realizado aportes a Cajas de Compensación Familiar, por un periodo no inferior a 12 meses continuos o discontinuos, en los últimos 3 años. También aplica para trabajadores independientes.
Entre los beneficios están que garantiza un ingreso mensual al trabajador durante los primeros seis meses en los que se está sin empleo, proporcional al salario que se venía recibiendo. Acceso directo de la hoja de vida a la Agencia Pública de Empleo, para aplicar a las vacantes acorde al perfil. Vinculación inmediata a capacitación y reentrenamiento laboral para incrementar las posibilidades y mejorar el perfil.
Además, este seguro se financia con los recursos provenientes del uso voluntario de los aportes a las cesantías y con recursos del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante -Fosfec-, el cual a su vez se financiará con los recursos del Fondo de Subsidio al Empleo y Desempleo -Fonede-.
Una vez que se pierde el trabajo, el empleador le debe entregar una carta o certificación del empleado donde indique la fecha de terminación de la relación de trabajo. Con estos dos procedimientos el Mecanismo de Protección al Cesante se activará de manera inmediata.
El seguro finaliza una vez el beneficiario inicie una relación laboral. El saldo que quede en la cuenta de ahorro individual de protección al cesante se mantendrá. Los aportes son y seguirán siendo del trabajador. El acceso al seguro puede perderse si el trabajador no acude a los servicios de colocación ofrecidos por el Servicio Público de Empleo y no cumple con los trámites exigidos por el Servicio Público de Empleo y los requisitos para participar en el proceso de selección de los empleadores a los que sea remitido por este.
Además, no debe rechazar la ocupación que le ofrezca el Servicio Público de Empleo, siempre y cuando ella le permita ganar una remuneración igual o superior al 80% de la última devengada en el empleo anterior, y no se deterioren las condiciones del empleo anterior y no culminar el proceso de formación para adecuar sus competencias básicas y laborales específicas, al cual se haya inscrito, excepto en casos de fuerza mayor que reglamentará el Gobierno Nacional.
El trabajador podrá decidir voluntariamente el porcentaje de sus cesantías que destina para cubrir la falta de ingresos en caso de desempleo a través del mecanismo. Los trabajadores dependientes o independientes que ahorren voluntariamente para el mecanismo de protección al cesante recibirán un beneficio monetario proporcional a su ahorro que se hará efectivo en el momento en que quede cesante con cargo al Fosfec.
Este seguro no es obligatorio sino para los trabajadores que se afilien a las cajas de compensación. El ahorro de las cesantías tampoco es obligatorio.