Que congresistas sean ministros...no suena | El Nuevo Siglo
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Viernes, 7 de Diciembre de 2018
Redacción Política
Gobierno nacional anunció que pedirá a la plenaria de Cámara que esta propuesta sea retirada

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La reforma de un ‘articulito’, que en realidad constituye una verdadera contrarreforma a la Constitución de 1991 fue lo que aprobó la Comisión Primera de la Cámara de Representantes al eliminar la incompatibilidad que tienen los congresistas para ocupar cargos públicos en el Ejecutivo, como ministerios o embajadas.

La iniciativa señala que los congresistas pueden renunciar en cualquier momento a sus curules para ocupar cargos en el Estado durante el período para el que fueron elegidos, lo mismo que los concejales y diputados que también podrían dar el paso a ocupar secretarías municipales o departamentales.

Entonces no se trata de un tema menor el que ahora pasa a consideración de la plenaria de la Cámara en cuarto debate:

“Las incompatibilidades de los congresistas tendrán vigencia durante el período constitucional respectivo. En caso de renuncia se mantendrán durante el año siguiente a su aceptación, si el lapso que faltare para el vencimiento del período fuere superior. Salvo que la renuncia sea motivada para ocupar cargo en la Rama Ejecutiva del poder público”, dice el texto de la propuesta liderada por los partidos Conservador, Cambio Radical y La U.

Este artículo modifica sustancialmente dos artículos de la Constitución vigente. El 180, que establece en el numeral primero que “los congresistas no podrán desempeñar cargo o empleo público o privado”, con excepción de la cátedra universitaria.

Inclusive esta norma advierte de sanciones para el Primer Mandatario Nacional, pues el parágrafo segundo reza: “El funcionario que en contravención del presente artículo, nombre a un congresista para un empleo o cargo, o celebre con él un contrato o acepte que actúe como gestor en nombre propio o de terceros, incurrirá en causal de mala conducta”. 

Pero también esta modificación afecta sustancialmente el Artículo 181 constitucional que habla de los plazos en que regirán las incompatibilidades de los congresistas.

Aunque los promotores de la iniciativa sostienen que se trata de una especie de simbiosis, bajo el argumento de que Gobierno y Legislativo “se necesitan” mutuamente, y que es mejor que esa relación se dé de forma “transparente”, lo cierto es que esa posibilidad no es jurídicamente viable, al menos tan fácil, y políticamente es inconveniente.

Así lo advierten expertos consultados por EL  NUEVO SIGLO, para quienes esa modificación constitucional afecta el sistema de frenos y contrapesos para garantizar la separación de poderes.

“Esa posibilidad -que los congresistas puedan ser nombrados ministros y embajadores- sí la permitía la Constitución de 1886, pero la constituyente del 91 la prohibió. Al revivir esa posibilidad, necesariamente habría una contrarreforma sustancial a la Carta Política de 1991”, explica un expresidente de la Corte Constitucional.

Según la fuente, a lo anterior se agrega que el artículo en mención fue incluido en el tercer debate y no estaba en el texto original de la reforma política de origen gubernamental, “lo cual que ya podría ser objeto de inexequibilidad”.

Tradición presidencialista

Colombia, desde sus épocas republicanas, se ha caracterizado por tener un régimen presidencialista que si bien por muchas décadas mantuvo abierta la puerta giratoria entre Ejecutivo-Legislativo, desde 1991 acabó con ese tipo de “prácticas malsanas”, al decir del exministro Hernando Yepes Arcila.

“Creo que esta es una propuesta desafortunada que corresponde más al régimen parlamentario que al presidencial. Recordemos que la Constitución le impide al Presidente de la República traer al Ejecutivo a un congresista que está cumpliendo con sus deberes. No podemos regresar a las malsanas prácticas del pasado”, sostiene Yepes, que también fue magistrado de la Corte Suprema de Justicia.

Aunque mientras dicha norma estuvo vigente “hubo casos excepcionalmente buenos” de legisladores que pasaron a formar parte del gabinete, Yepes Arcila recuerda que también hubo “otras experiencias muy malas que no vale la pena mencionar”.

“El presidencialismo es el régimen de separación de poderes, mientras el parlamentarismo es el régimen de la integración de poderes”, explica el jurista.

‘Nombramientos en vez de mermelada’

Otro experto, el expresidente de la Corte Constitucional, José Gregorio Hernández Galindo, tampoco está de acuerdo con este cambio a la Carta Magna, en especial por sus implicaciones jurídicas y políticas.

De ser aprobada esa reforma, dice, “el Presidente podría designar a miembros del Congreso en los Ministerios y así podría manipular las decisiones de las bancadas parlamentarias, y eso fue lo que quiso acabar la Carta del 91. Es decir, en lugar de mermelada, nombramientos. Eso no puede ser”.

Para Hernández, es cierto que la Constitución nacional puede ser modificada, pero no de esta manera, pues se requeriría de otro tipo de mecanismos.

“Lo mejor de nuestras Carta actual es la independencia de poderes, pero con esta y otras propuestas incluidas en la reforma política como aquella que elimina las mayorías calificadas para destituir al Presidente de la República, es como si estuviésemos haciendo el tránsito hacia un sistema parlamentario en Colombia”, advierte.

Colaboración sin nombramientos

A su turno, el analista Jairo Libreros insiste en que no es conveniente cambiar esa inhabilidad de los congresistas, pues esto se convertiría en “un mecanismo de extorsión” de doble vía: del Congreso al Gobierno, y viceversa.

“Cambiar este tipo de incompatibilidades de los congresistas no es conveniente. Primero, porque no somos un régimen parlamentario. Pero, segundo, porque se convierte en un mecanismo de extorsión para que cuando los partidos políticos grandes quieran tener mejores condiciones burocráticas pongan contra la pared al Ejecutivo a cambio de cargos importantes. Y al contrario. ¿Entonces dónde queda la separación de poderes?”, afirma.

Por ahora, ya el Gobierno nacional fijo su posición sobre el tema: en la plenaria de la Cámara exigirá que el tema sea excluido.

“Nosotros consideramos que esta iniciativa no es conveniente”, recordó la ministra del Interior, Nancy Patricia Gutiérrez.