No hacer oídos sordos a advertencias de CPI | El Nuevo Siglo
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Miércoles, 6 de Diciembre de 2017
Redacción Política
Expertos consultados por el NUEVO SIGLO coinciden en que la justicia de paz ha dejado puertas abiertas por donde podrían escapar de ser juzgados responsables de graves delitos, y por ello se le estaría dando cabida a este organismo internacional para  intervenir 

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Un informe que presentó el lunes pasado la Fiscalía de la Corte Penal Internacional renueva las observaciones sobre algunos aspectos de la justicia transicional que contempla el Acuerdo de paz con las Farc. En esta oportunidad puso el reflector sobre los crímenes de guerra y el requisito legal de que la conducta haya sido cometida de forma sistemática podría llevar a que se dicten amnistías u otras medidas similares en favor de individuos responsables. Por ello el organismo previno que podría intervenir en estos casos.

En anteriores oportunidades la fiscal de la CPI, Fatou Bensouda, durante la negociación del Gobierno con las Farc en La Habana y después de la firma del acuerdo del Teatro Colón, en noviembre de 2016, hizo varias observaciones sobre la Jurisdicción Especial de Paz y la Ley de Amnistías, entre otras, anotando que algunas de sus disposiciones podrían generar impunidad frente a los graves delitos que se cometieron en el conflicto armado colombiano, y por ello no ha descartado que pueda intervenir para aplicar justicia.

Vale recordar que Colombia es signatario del Estatuto de Roma en el año 2002 y desde el 2009 entró en vigor la competencia de la CPI para intervenir en casos que considere que nuestra justicia no actuó, referentes a genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra.

El Gobierno nacional se ha mostrado confiado en que la CPI no tendrá que intervenir porque a su juicio con la JEP se garantiza justicia, verdad, reparación y no repetición.

No  obstante algunos expertos  consultados por EL NUEVO SIGLO coinciden en considerar que el más reciente informe de la Fiscalía de la CPI es claro al advertir nuevamente que intervendría si hay impunidad en el juzgamiento de los graves delitos cometidos en el marco del conflicto armado colombiano, y por ello no deberían quedar en el aire estos pronunciamientos. 

El exmagistrado de la Corte Suprema Jorge Aníbal Gómez Gallego, indicó que “la jurisdicción de la  Corte Penal Internacional está dada en los casos que el país no adopte una sanción para los responsables de esos crímenes de lesa humanidad. Y si no adopta ninguna sanción, entonces entra a operar esa jurisdicción, que es subsidiaria en esos delitos”.

Añadió Gómez Gallego que “ellos consideran que si algunos de los delitos que cometieron, bien los miembros de las Fuerzas Armadas o la guerrilla, encajan dentro de esa denominación de crímenes de guerra o de lesa humanidad, aunque no sean sistemáticos los crímenes de guerra pueden estar bajo la órbita de la Corte Penal Internacional si aquí no hay una sanción que a juicio de ellos sea la adecuada para esa clase de delitos”.

Agregó el jurista que esos delitos no se pueden amnistiar, “en caso de que haya una amnistía para esa clase de delitos, entraría a operar la Corte Penal Internacional. Y la amnistía quiere decir que no va a haber ninguna sanción penal, y esos delitos de acuerdo con el Tribunal de Roma no pueden quedar en la impunidad, es decir, no pueden ser amnistiados”.

Gómez Gallego consideró que “con ese comunicado lo que están diciendo ellos es que esos crímenes de guerra no necesitan que haya sistematicidad”.

 

Por su parte el abogado experto en Derecho Internacional, Rafael Nieto Loaiza, consideró que “coincido con la  Corte Penal. Lo que establece el derecho penal internacional es que los crímenes de lesa humanidad y los crímenes de  guerra no pueden quedar en la impunidad. Si se establece la sistematicidad, es decir, que los crímenes se tengan que haber repetido en el tiempo como requisito para la Jurisdicción Especial para la Paz, y los crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra que no se hayan cometido de manera sistemática quedan sujetos a amnistía e indulto, se está violando lo que establece el derecho penal internacional”.

Añadió el también precandidato presidencial del Centro Democrático que “el derecho penal internacional exige que todos los crímenes internacionales y de lesa humanidad sean sancionados, no solamente los que se hayan cometido de manera sistemática”.

En tanto que el exmagistrado de la Corte Suprema, Jaime Arrubla Paucar, dijo que “somos suscriptores del Tratado de  Roma por el cual se creó la Corte Penal Internacional, y nos sometimos y estamos sometidos a su jurisdicción. En el Tratado de Roma está muy claro qué son los delitos de lesa humanidad, y esos delitos son imprescriptibles, además no pueden ser sujeto de amnistía ni de indulto”.

 

Añadió el jurista que desde que comenzó el proceso de paz “hemos observado cómo la fiscal Bensouda, de la Corte Penal Internacional, ha insistido en el punto, ‘ojo que este tipo de delitos bajo ningún condicionamiento se pueden sustraer de las sanciones que como delitos de lesa humanidad les corresponde. Los ha dicho de todas las maneras. Se lo ha dicho al fiscal Montealegre una vez que fue a consultarla, se lo ha dicho al Gobierno y se lo ha dicho a la misma Corte Constitucional en unas observaciones que mandó cuando estaba en el análisis de constitucionalidad de la Jurisdicción Especial para la Paz”.

Arrubla consideró que lo que esto significa es que tras “la Jurisdicción Especial no se pueden amparar los que tengan delitos que se consideran bajo el Tratado de Roma como delitos de lesa humanidad”.

   

 

Hay que dar tiempo a JEP

 

Por su parte el exfiscal y exministro de justicia, Alfonso Gómez Méndez, conceptualizó que no se debe partir de la base que la JEP es sinónimo de impunidad.

 

“Esa especie de espada de Damocles de La Corte Penal Internacional ha estado rondando durante todo este proceso. En ese sentido pues no sería la primera vez. Pero también habría que decir que aquí hay dos valores que están casi en el mismo nivel: que son el valor de la justicia y el valor de la paz. Colombia está buscando salir de un conflicto con un tipo de justicia que probablemente no pueda corresponder a lo que idealmente aun los propios colombianos quisiéramos”.

Añadió sobre qué va a pasar con los crímenes de guerra y el tema de sistematicidad  o no, “veo que la Corte tiene una cierta prevención, pero en últimas lo que hay que esperar es cómo va actuar la JEP. De pronto se están haciendo conjeturas de que JEP es igual a impunidad. La JEP comprende penas que podrían llegar en ciertos casos hasta 20 años de privación efectiva de la libertad”.  

Gómez concluyó señalando que “creo que es prematura la prevención y que habría que esperar a ver qué rumbo comienza a darle a estos procesos la Justicia Especial para la Paz, entendiendo siempre que estamos frente a un tema de justicia transicional con miras a superar un conflicto armado. Inclusive están excluidas las amnistías o indultos generales por crímenes de guerra crímenes de lesa humanidad”.

 

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