Gobiernos han tenido problemas para cumplir Ley de Cuotas | El Nuevo Siglo
<FOTO>Diego Molano, exministro de Defensa. 
Foto archivo ENS
Viernes, 25 de Noviembre de 2022
Redacción Política

A pesar de que la Ley de Cuotas (581 de 2000) establece de forma taxativa la participación mínima de un 30 % en los niveles decisorios de organismos del Estado, son varios los nombramientos que se han caído en distintos gobiernos por la inobservancia de esta norma. El más reciente, de Alberto Carrasquilla como miembro de la Junta Directiva del Banco de la República, por parte de la administración de Iván Duque.

La Sección Quinta del Consejo de Estado dictó sentencia de única instancia al resolver una demanda de nulidad electoral que presentaron varios ciudadanos porque, a su juicio, con la designación de Carrasquilla por parte del gobierno Duque, en el cual fue ministro de Hacienda, se infringen los artículos 13, 40, 43 y 209 de la Constitución Política y 1, 2, 3 y 4 de la Ley 581 de 2000, en consonancia con la Sentencia C-371 de 2000, en tanto crea una brecha de género en la Junta Directiva del Banco de la República, por no estar conformada al menos en un 30 % por mujeres, pues actualmente ellas solo representan un 14,29 % del total de miembros de la junta; o un 16,7 % descontando al gerente general; o un 20 % de los cargos de dedicación exclusiva, pese a tener el mismo nominador.

El alto tribunal encontró acreditado que tal nombramiento desconoció el artículo 4 de la Ley 581 de 2000, que establece la participación adecuada de la mujer en los máximos niveles decisorios en un mínimo del 30 % (cuota de género), además de otros postulados de rango convencional y constitucional que protegen el derecho a la igualdad.

La Sala de lo Electoral del Consejo de Estado determinó que al ser cinco los miembros de dedicación exclusiva, la cuota de género del 30 % se cumplía con dos mujeres, por lo cual, para proveer la falta absoluta ocasionada con la renuncia de Carolina Soto, se debió nombrar una mujer, lo que no ocurrió y, por el contrario, esos miembros quedaron integrados por cuatro hombres y una sola representante del género femenino.

En la contestación de esta demanda, Carrasquilla había señalado que la Ley 581 no es aplicable en la designación de los miembros de la Junta Directiva del Banco de la República, en virtud de la autonomía que se consagra en la Carta Política y la Ley 31 de 1992.

Por su parte, el entonces presidente Duque y el Ministerio de Hacienda en el proceso en el Consejo de Estado se opusieron a las pretensiones de la demanda con similares argumentos a los expuestos por Carrasquilla. 

En septiembre pasado el Consejo de Estado ratificó el fallo que en primera instancia profirió el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que declaró la nulidad del acto administrativo por medio del cual el anterior gobierno nombró a Diego Molano como ministro de Defensa después del fallecimiento de Carlos Holmes Trujillo, pues determinó que con esta designación en el gabinete no se cumplió el 30 % de participación de la mujer, pues se requerían para ello más de cinco ministras.

Según la sala, si la cuota de mujeres equivale a un número entero y un decimal, la necesidad de ejercer acciones afirmativas en favor del género históricamente discriminado obliga a que la cifra se aproxime al número entero siguiente, independientemente de que el decimal sea inferior o mayor al 0,5 %. Dado que los cinco ministerios que ocupaban las mujeres en ese entonces eran equivalentes al 27,7 % del gabinete, la sala considera que no se cumplió con la cuota legal de género.



También por la misma razón en el gobierno de Duque se cayó en septiembre pasado el nombramiento de Daniel Palacios en la cartera del Interior.

Según el fallo del Consejo de Estado, el nombramiento de Palacios violó la cuota mínima de género, que exige que el 30 % de los más altos cargos del Estado sean ocupados por mujeres.

De acuerdo con la corporación, el nombramiento supuso que solo cinco de los 18 ministerios fueran dirigidos por mujeres, lo que equivale a un margen de solo el 27,7 %, que es inferior al mínimo exigido por el artículo 4º de la Ley 581 del 2000.

Mientras que en junio pasado, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca anuló el nombramiento de Víctor Muñoz como director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre), por violación de la Ley de Cuotas.

Ante esta situación, el alto tribunal ordenó reemplazar a Muñoz en su cargo por una mujer para así cumplir con el 30 % de participación femenina.  

“Ha quedado plenamente demostrado que el presidente de la República, al proferir el acto administrativo demandado –Decreto 133 de 5 de febrero de 2021–, infringió el ordenamiento jurídico, pues desconoció lo dispuesto en los artículos 1.°, 2.° y 4.° de la Ley 581 de 2000, al no contar, en los departamentos administrativos con la participación de al menos el 30 % de mujeres, que se lograba con un mínimo de dos mujeres directoras de departamentos administrativos”, señala el fallo.

Está pendiente que el Consejo de Estado se pronuncie en segunda instancia por la apelación a este fallo que presentaron el gobierno de entonces y el propio Muñoz.

Gobierno Santos

En el primer gobierno de Juan Manuel Santos (2010-2014) se presentaron demandas aduciendo incumplimiento de la Ley de Cuotas.

En esa oportunidad, Dejusticia, SISMA Mujer y la Red Nacional de Mujeres demandaron los actos de nombramiento de tres hombres en las carteras de Interior, Vivienda y Transporte.

Paula Rangel Garzón, investigadora de Dejusticia, indicó que entre la salida de Beatriz Uribe de la cartera de Vivienda y el nombramiento de la ministra de Justicia Ruth Stella Correa, de 16 ministerios sólo había 4 ministras.

Añadió que “al salir Uribe, la participación de las mujeres se redujo del 31 % al 25 %, y aún así, el presidente (Santos) nombró a tres hombres en las vacantes de Interior, Vivienda y Transporte”.

El Consejo de Estado reconoció que con los nombramientos que en esa oportunidad el gobierno hizo en los ministerios de Interior, Vivienda y Transporte, se incumplió la Ley de Cuotas.

No obstante con la designación de Correa en el Ministerio de Justicia se corrigió esta situación, pues se alcanzó el 30 % de participación femenina en el gabinete.

 En administración Uribe

En 2010, dos candidatas a la Cámara interpusieron una acción de cumplimiento contra el entonces presidente Álvaro Uribe porque en el gabinete tenía 11 ministros y dos ministras.

Argumentaron las impugnantes que en dicho gabinete se debería contar con mínimo cuatro ministras para cumplir la Ley de Cuotas. 

La discusión se dio porque tras la salida de María del Rosario Guerra del Ministerio de las TIC, esta cartera fue ocupada por Daniel Enrique Medina, con lo cual la participación de la mujer en el gabinete se redujo al 15 %.


Mandato de Petro

El gabinete del nuevo gobierno es paritario, es decir, que la participación de la mujer alcanza el 50 %, con 9 ministras en las 18 carteras.

Estas son Patricia Ariza en Cultura, Carolina Corcho en Salud, Susana Muhamad en Ambiente, Cecilia López en Agricultura, Irene Vélez en Minas y Energía, Gloria Inés Ramírez en Trabajo, María Isabel Urrutia en Deporte, Catalina Velasco en Vivienda y Sandra Milena Urrutia en las TIC.