A plenaria del Concejo proyecto que modifica su reglamento | El Nuevo Siglo
Alejandro Avendaño - El Nuevo Siglo
Jueves, 24 de Noviembre de 2022
Redacción Bogotá

Fue aprobado, en la comisión de Gobierno Distrital, el Proyecto de Acuerdo 588 de 2022, por medio del cual se modifica el reglamento interno del Concejo de Bogotá y se dictan otras disposiciones. Su objeto fue el de modificar y adicionar al reglamento interno elementos normativos sobre el ejercicio de control político, pasó a discusión de la plenaria. 

Algunos de los elementos normativos modificados fueron los de la elección de los secretarios de la Corporación y el trámite de los impedimentos y las recusaciones con el fin de aumentar la eficacia y la celeridad en el funcionamiento del Concejo, mediante el control político, la deliberación democrática y la participación de la ciudadanía. 

Entre los Artículos aprobados más importantes se encontraron el Artículo 107, mediante el cual se determina que el Secretario General del Concejo de Bogotá y los Subsecretarios de las Comisiones Permanentes serán elegidos mediante procesos de convocatoria pública durante las sesiones ordinarias del mes de febrero de cada vigencia, para un periodo de dos años, de conformidad con las normas legales vigentes. 

Los candidatos que aspiren a ocupar estas dignidades deberán ser como mínimo profesionales especializados, cumpliendo los requisitos legales y la experiencia señalada en el Manual de Funciones de la Corporación, la ley y demás normas vigentes. 


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“Se está generando un desgaste para la Corporación, una pérdida de eficiencia y memoria institucional que va en contravía de los principios de la administración pública debido a que los procesos de convocatoria y los trámites consiguientes agravan los tiempos de posesión que llegan a ser fracciones menores al año estipulado”, indicó el presidente de la corporación, el concejal liberal, Samir Abisambra. 

El otro Artículo que sufrió modificaciones fue el 118, alusivo al trámite de los impedimentos y de las recusaciones, clave en cuanto que fue determinante en el proceso que padeció el Plan de Ordenamiento Territorial cuando pasó por el Concejo de Bogotá. 

Frente al tema de las recusaciones que se presentan en el trámite de los Proyectos de Acuerdo, debates de control político y elección de funcionarios se establece la competencia de la Mesa Directiva, para que sea la misma, como órgano de dirección y de gobierno, la que determine si se rechazan de plano o no las recusaciones que no cumplen con los preceptos previamente establecidos en la iniciativa propuesta teniendo como pilar principal lo concerniente al conflicto de intereses.