Corte aplaza decisión sobre JEP para el martes | El Nuevo Siglo
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Jueves, 9 de Noviembre de 2017
Redacción Política
La ponencia que se estudia es la del magistrado Luis Guillermo Guerrero

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Luego de varias horas de discusión, la Corte Constitucional decidió dejar para el próximo martes, el pronunciamiento sobre la exequibilidad de la Justicia Especial para la Paz.

Esta decisión era esperada para ayer pero se prolongó para después del puente festivo. Con ello la Sala Plena de la Corte Constitucional resolverá el Acto Legislativo 01 de 2017, el cual creó la Jurisdicción Especial para la Paz, como parte del acuerdo de paz suscrito con las Farc.

Este es uno de los fallos más esperados tanto por sectores políticos como por los propios integrantes de las Farc, dado que es considerado como “la espina dorsal” del acuerdo.

Uno de los puntos clave del debate es la participación política de las Farc, la cual en su ponencia el magistrado Luis Guillermo Guerrero va dejando en esencia como está, es decir, que la imposición de sanciones de la JEP no inhabilitará a sancionados para participar en política. Sin embargo existe un tema crucial y es cómo se podría dar al mismo tiempo el ejercicio de un cargo de elección popular con el cumplimiento de una sanción.

La ponencia busca eliminar del acto legislativo número 2 de 2017 la obligación de que todos los órganos y autoridades del Estado hagan los desarrollos normativos de lo pactado con las Farc y la aplicación de los mismos de manera coherente con él acuerdo del Teatro Colón.

Para Guillermo Guerrero, expresiones como esas violan la separación de poderes. Esta discusión se había aplazado por la recusación que hizo Marta Lucía Ramírez a los magistrados Antonio José Lizarazo y Cristina Pardo por haber sido parte del Gobierno, y ayer se reabrió el debate que según las fuentes consultadas fue intenso.

Según la ponencia que se analiza en la Corte, para el magistrado Guerrero en un acto legislativo no se pueden diseñar sanciones o penas. Según su posición, el ámbito para puntualizar las medidas correctivas que deben ser acatadas por los ciudadanos, así sea en medio de la justicia tradicional, es la ley.

 Es decir que, según la iniciativa del Magistrado, las sanciones máximas de 8 años no deben ser incorporadas a la Constitución sino a la ley. Se basa en el artículo 29 de la Carta Política.

Si se aprueba esta posición, los graves infractores del Derecho Internacional Humanitario y de los Derechos Humanos no se quedarían sin sanciones, simplemente se trata de un tema procedimental que podría corregirse por medio de una ley. Pero sí dificulta la aplicación de justicia, más aún con el interés de varios sectores de que entre en funcionamiento de manera inmediata la JEP.

El sí a la participación en política

Asimismo el magistrado declara exequible la participación en política de actores del conflicto, incluso de manera inmediata. 

El acto legislativo plantea en el artículo 20 transitorio la siguiente disposición: “La imposición de cualquier sanción en la JEP no inhabilitará para la participación política ni limitará el ejercicio de ningún derecho, activo o pasivo, de participación política. Respecto a aquellas personas que pertenezcan a organizaciones rebeldes que hayan firmado un acuerdo de paz con el Gobierno, a efectos de reincorporación, quedarán en efecto suspensivo las condenas derivadas de delitos competencia del Tribunal para la Paz impuestas por la justicia ordinaria disciplinaria, hasta que estas condenas hayan sido tratadas por la Jurisdicción Especial para la Paz para lo de su competencia”.

Otra fuente le manifestó a este medio que los magistrados tomaron la determinación de aplazar cualquier decisión para el martes, teniendo en cuenta que el Gobierno analiza otras salidas legales como la conmoción interior.