Juzgado suspende modificación a la Ley de Garantías | El Nuevo Siglo
Presidencia
Miércoles, 10 de Noviembre de 2021
Redacción Web

Después que el Senado y la Cámara aprobaran la suspensión parcial del parágrafo 38 de la Ley 996 de 2005, conocida como Ley de Garantías, la polémica se desató en el país. Mientras que algunos afirmaban que esta modificación era esencial para la reactivación económica, otros advirtieron que podrían cambiarse las reglas de juego para las próximas campañas electorales.

Sin embargo, el Juzgado Tercero Administrativo de Bogotá decidió fallar a favor del ciudadano Miguel Ángel Bravo Gutiérrez quien interpuso una tutela denunciando el actuar del poder legislativo, en medio del debate que fijaría el Presupuesto General de la Nación para vigencia del próximo año.

A través de un fallo emitido el pasado nueve de noviembre, el juez consideró que el Congreso incurrió en una violación al debido proceso por desconocimiento del principio de reserva, por lo que consideró este hecho para darle la razón al ciudadano colombiano.

“Ordenar al presidente de la República y a los representantes legales de las entidades del orden nacional y del sector descentralizado territorialmente, abstenerse de dar aplicación a la modificación realizada al parágrafo 38 de la Ley 996 de 2005”, se lee en el documento.

De igual manera, el togado indicó que esta limitación quedará suspendida hasta que la Corte Constitucional emita una respuesta frente al caso. “La presente restricción solo estará vigente hasta que la Corte Constitucional conozca de la demanda de acción pública de inconstitucionalidad que adelanta el señor Miguel Ángel Bravo Gutiérrez o, que, en el ejercicio de ese derecho, radique cualquier ciudadano en los términos que establece el artículo 241 de la Constitución”, precisó.



Plazo por treinta días

En este sentido, el Juzgado mencionó que la celebración de los convenios interadministrativos, la ejecución de recursos públicos, la no participación, promoción y destinación de recursos públicos de las entidades a su cargo, que fueron pactadas en el PGN, no podrán realizarse en un término improrrogable de treinta (30) días hábiles siguientes a la publicación de la ley, donde no se computará el periodo que comprende la vacancia judicial.

En caso de que llegue a superarse el plazo estimado y no se acude a la acción pública de inconstitucionalidad por el accionante o por otros ciudadanos, así como la Corte Constitucional que no asume conocimiento del estudio del proyecto de ley, en las hipótesis referidas el amparo transitorio, automáticamente la medida perderá sus efectos y se daría viabilidad para la ejecución de dichos oficios contractuales.

De igual manera, el juzgado ordenó al Departamento Administrativo de la Presidencia para que verifique la difusión del documento por las paginas oficiales del Gobierno como Presidencia, el Ministerio de Hacienda y las otras entidades del sector central y descentralizadas.

“En esa medida, el director del Dapre rendirá informe ante este Despacho del cumplimiento en la publicidad del presente fallo”, concluyó.

Cabe mencionar que esta modificación permitirá que las entidades del orden nacional y organismos territoriales puedan celebrar convenios administrativos e interadministrativos para la ejecución de recursos públicos.

Posiciones divididas

El pasado 19 de octubre, el Senado y la Cámara de Representantes decidieron mayoritariamente detener temporalmente el parágrafo 38 de la Ley de Garantías, un hecho que ocasionó una fuerte discusión entre sectores económicos y la clase política nacional.

Por un parte, voces como la Asociación Colombiana de Ciudades Capitales (Asocapitales) manifestaron que es conveniente y necesaria la modificación a la Ley de Garantías, para apoyar la reactivación económica y fomento del empleo en el país de las corporaciones afectadas por la pandemia.

"Ello permite el desarrollo de una efectiva reactivación económica desde las regiones en el país, lo que a su vez genera mayor empleo en las entidades territoriales. Además la celebración de contratos interadministrativos será fundamental para obtener mejores índices en seguridad ciudadana, porque permitirá aunar esfuerzos entre la nación y las entidades", dijeron en un comunicado.

No obstante, otras percepciones como el candidato presidencial Juan Carlos Echeverry le dijo a EL NUEVOO SIGLO que no tenía presentación que se presentara esta suspensión parcial de la Ley de Garantías.

“Es un despropósito y es una equivocación. Ahora, el Gobierno va a tener cómo gastar plata por todo el país del presupuesto nacional (que es dinero de todos los colombianos) para ayudarle a gente específica. Esto no tiene presentación”, aseguró.

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