¿Faltan normas o control? | El Nuevo Siglo
Sábado, 17 de Octubre de 2020

Colombia tiene, sin lugar a duda alguna, una de las más completas legislaciones en materia ambiental; quizá sea tomada de otras latitudes, pero su adaptación ha sido pronta y acertada. Sin embargo, es notorio como se violan dichas normas y la incapacidad del estado para mantenerlas en vigencia, en muchos de los casos.

A manera de ejemplo, permítaseme referirme a la resolución 0631 del 17 de marzo de 2015, en buena hora expedida por el minambiente durante el ministerio de la Dra. Luz Helena Sarmiento; dicha resolución viene a consolidar una serie de normas anteriores que parten desde el “Código de recursos naturales” expedido por el presidente Misael Pastrana, pionero del tema ambiental en la Colombia moderna. Esta resolución cuenta con el aval de un gran número de foros y/o reuniones intersectoriales que pretendieron llegar a acuerdos que garantizaran su cumplimiento, cumplimiento que solo se ha dado parcialmente.

Tiene la resolución 0631, algunas particularidades que la ponen a la vanguardia de las normas de este tipo en el área de América latina;

1.  Se refiere exclusivamente a los ríos continentales de agua dulce pero no contempla para nada las aguas estuarinas o marinas. Esto significa que en la práctica establece una protección sobre al agua potable de todos los colombianos.

2.  Diferencia por la eficiencia de los sectores productivos estableciendo ventajas para las buenas prácticas de una manera real y que las hace atractivas para la comunidad en general. Por ejemplo, un cafetero que utiliza un litro de agua para procesar un kilo de pulpa tendrá unos costos asociados mucho menores que uno que utilice 40 litros de agua para el mismo kilo. De esta manera se establecen ventajas comparativas para las buenas prácticas y se incentiva al cuidado del precioso recurso.

3.  La norma parte de la revisión de todos los sectores productivos discutida con los mismos en 124 encuentros realizados durante los Ministerios de Ambiente anteriores. Baste decir que la norma quedó elaborada en la Dirección de Recurso Hídrico del Ministerio solamente en 2015, habiendo sido planteada desde la presidencia de Misael Pastrana.

En la práctica podemos asegurar que la norma es aceptada por el sector productivo y esto en buena medida era prenda de garantía de su cumplimiento; pero el hecho práctico es que no se cumple.

La mayoría de las empresas que operan en los sectores productivo y minero-energético en nuestro país tiene un equipo de trabajo dedicado al tema del cuidado ambiental y, en general, son muy cuidadosos con el cumplimiento de la normatividad y de las estipulaciones contenidas en las licencias ambientales, partiendo de esa base se puede asegurar que los problemas asociados al agua desde la explotación tradicional, son menores en un 40% o 50% a los producidos por la siembra de cultivos ilícitos, para no hablar de los producidos por la minería criminal; la ciudadanía en forma por demás injusta, ha trasladado la culpa de los problemas ambientales a las empresas legales, olvidando que el problema se genera en la ilegalidad y, tal como el cura del pueblo, regañando en misa a los que no asisten.

Estamos dando un compás de espera al nuevo ministro de ambiente, quisiéramos oír sus planteamientos y sus programas para aplicar y hacer cumplir la normatividad, eso sí, sin frenar el desarrollo.

alsanchez2006@yahoo.es

@alvaro080255