Regular la protesta | El Nuevo Siglo
Sábado, 19 de Septiembre de 2020

Se van a cumplir 30 años en el que la asamblea nacional constituyente le ordenó al Congreso de la República regular, a través de una ley estatutaria, el derecho fundamental a la manifestación pacífica.

El silencio del Congreso ha sido traidor y hasta confeso de una supina negligencia convertida en una afrenta a las gentes que demandan regular para proteger, en especial, proteger a las personas de bien que hemos promovido, patrocinado y participado en manifestaciones pacíficas. Podríamos decir también que la inacción del Congreso es cómplice oculto del amedrentamiento al que los vándalos nos han venido sometiendo. Una especie de estado de extorsión a quienes consideramos que las manifestaciones pacíficas constituyen un buen freno a los excesos del poder Estatal y a los que creemos que ellas, en tanto que pacíficas, son un legítimo y efectivo antídoto contra la corrupción y los desafueros.

No se trata pues, simplemente, de cumplir con la orden constitucional; de lo que se trata es de regular para conservar, proteger e, inclusive, promover la manifestación pacífica a efectos de mejorar la calidad del sistema democrático de gobierno.

El Estado actual es prácticamente anárquico. La reglamentación mediante los protocolos obedece a una dinámica propia de este tipo de actividades, pero es ciertamente insuficiente para plantear los acuerdos fundamentales que como sociedad nos merecemos sobre esta materia.

Urge entonces un acuerdo nacional para proteger a los promotores, patrocinadores y participantes de las manifestaciones pacíficas de los vándalos, criminales y desadaptados que más que atentar contra una persona en particular, transgreden todo el sistema de libertades tanto personales como públicas.

Conminemos entonces a la Comisión Primera del Senado para que inicie el debate sobre el Proyecto de Ley 060 de 2020 que sobre el particular ha radicado el congresista conservador Juan Diego Gómez.

A esa iniciativa se le puede suprimir o añadir lo que sea necesario y conducente siempre que se trate de proteger la manifestación pacífica en armonía con el interés general por ello el proyecto pretende castigar a los vándalos no a quienes ejercemos pacíficamente ese derecho.

Los conceptos contemporáneos de responsabilidades compartidas, indemnización pronta y eficaz, participación activa y democrática, distinción entre manifestación rural y urbana, limitación del poder, especialización de los agentes del Estado y dotación especial así como el acompañamiento de veedores especializados antes, durante y después de las mismas tales como personeros, defensores y procuradores para verificar las precisas competencias del ejecutiv09sopi1, son coordenadas fundamentales de la iniciativa, a la que desde ya le auguramos éxitos.  

@rpombocajiao

*Miembro de la Corporación Pensamiento Siglo XXI