¿Fracking o fracaso? | El Nuevo Siglo
Domingo, 25 de Agosto de 2019

“País se está quedando sin reservas de crudos y gas”

Próximamente debe decidirse por el Consejo de Estado un recurso interpuesto por el Ministerio de Minas y Energía que tiene como propósito definir cómo habrá de entenderse y de aplicarse el principio de “precaución”, tratándose de las explotaciones no convencionales de hidrocarburos también conocidas como fracking.

La decisión que tome el Consejo de Estado tendrá inmensa importancia para el futuro del país. Sin exagerar las cosas podemos decir que es una de las más trascendentales determinaciones que Colombia tomará en muchos años.

El Gobierno, con buen criterio, convocó hace algunos meses una misión de expertos nacionales y extranjeros para que examinara el estado de la cuestión tanto en Colombia como en el exterior. Y para que diera recomendaciones sobre cómo deberían realizarse dichas explotaciones no convencionales de hidrocarburos en el evento de que se decidiera llevarlas adelante.

¿Qué concluyó esta comisión de expertos? Después de revisar ampliamente la experiencia internacional y también la nacional, su principal conclusión es que este tipo de explotaciones se pueden hacer sin riesgo, o con riesgos mínimos y controlables para la seguridad ambiental del país.

Siempre y cuando se tomen oportunamente ciertas precauciones regulatorias como se han tomado ya. Y siempre que previamente se lleven a cabo “proyectos piloto” donde se puedan calibrar, medir y minimizar los riesgos ambientales que este tipo de técnicas puede acarrear.

La posibilidad, entonces, de proseguir con los programas “pilotos” -hoy suspendidos- depende de la manera como el Consejo de Estado resuelva el recurso interpuesto para su consideración.

O sea, ¿cómo entiende el Consejo de Estado la aplicación del principio de precaución en el caso del fracking? ¿Cuáles son los parámetros que deben a su juicio observarse? De allí la importancia de esta decisión.

Dicho en otras palabras: ¿cómo se aplica el principio de la precaución tratándose del fracking? ¿Tomando medidas precautelativas como las que recomendó la comisión de expertos y haciendo previamente programas piloto que permitan medir (y no solo imaginar) los efectos del fracking? ¿O simplemente prohibiendo ex-ante cualquier tipo de explotación no convencional, como algunos quisieran?

De acuerdo con la jurisprudencia disponible tanto del propio Consejo de Estado como de la Corte Constitucional, el principio de precaución se estaría cumpliendo a cabalidad si se aplican las recomendaciones precautelativas de la comisión de expertos.

Ahora bien: ¿por qué es importante todo esto? ¿Cuál es el verdadero riesgo que corre el país si no hacemos fracking?

El gran riesgo es que el país se está quedando sin reservas tanto de crudos como de gas. Y es el fracking el que tiene la capacidad de recuperarlas rápida y oportunamente. Perder esta autosuficiencia es el gran peligro de no hacer racional y cautelosamente el fracking con prontitud.

Actualmente tenemos reservas declinantes de crudo solo para 6,2 años, y de gas para 9,8 años. El fracking nos permitiría aumentar las de crudo entre ocho y 22 años y las de gas entre 35 y 50 años. La producción física podríamos aumentarla en 450.000 barriles diarios, o sea, casi en un 50% de lo que es la producción actual.

En síntesis: de la implementación oportuna del fracking depende que se pueda adelantar en el país una política energética previsiva; al paso que su no implementación llevaría muy seguramente al fracaso de la autosuficiencia energética.

El Consejo de Estado tiene entonces la palabra.