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Sábado, 16 de Julio de 2022
Redacción Política

Elección de Contralor

Tras el fallo del jueves pasado, en la que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó rehacer la lista de 10 elegibles finales para la elección del Contralor General, un exmagistrado de una alta corte judicial le dijo a un periodista de EL NUEVO SIGLO que esta escogencia por parte del nuevo Congreso todavía no está blindada y  podría terminar en una controversia jurídica de alto calado, más aún si las mayorías petristas que se posesionan este miércoles en el Parlamento insisten en desconocer el proceso de selección de candidatos que inició el Congreso anterior en el primer semestre y que terminó con esa lista de elegibles. “… Este tema se puede enredar y terminaríamos en el Consejo de Estado o la Corte Constitucional… Desconocer un concurso de méritos no es una decisión de discrecionalidad política, es un tema legal… Los 10 candidatos que hacen parte de la lista de elegibles ya tienen unos derechos adquiridos dentro del proceso, que pueden ser exigibles legalmente, como ocurre con los concursos de selección de personal para la carrera administrativa”, precisó el jurista.

Resolución firme

La misma fuente indicó que “estudiado el tema” quedaría claro que, como no fue impugnada la resolución del 17 de enero de 2022, expedida por el Congreso para dar inicio al proceso de selección del sucesor de Carlos Felipe Córdoba, “… no puede desconocerse lo adelantado al amparo de la misma porque significaría violar el principio de legalidad”. Agregó que “… parece que en medio del rifirrafe político se le está olvidando a algunos partidos que la elección del Contralor General está reglada por el artículo 22 del acto legislativo 02 de 2015 como por la ley 1904 de 2018, en la que se estableció taxativamente todo el proceso de la convocatoria pública… A ello debe sumarse que también sustenta el proceso de selección el acto legislativo 04 de 2019, que modificó el artículo 267 de la Constitución en lo atinente al régimen de inhabilidades e incompatibilidades del titular del ente de control fiscal…”

¿Prevaricato?

De acuerdo con el exmagistrado, “… la resolución está vigente, la inscripción de 210 candidatos que se hizo a su amparo también (incluso con varios fallos judiciales de inconformes al respecto), así como la escogencia de la UIS (Universidad Industrial de Santander) para realizar las pruebas… También se citó a las audiencias públicas de los candidatos en el Congreso y se procedió, con presencia de delegados de las bancadas, a la confección de lista de elegibles, que es la que estaba vigente hasta el fallo del Tribunal… Si hubo alguna anomalía, esta debe ser comprobada judicialmente pero no solo para echar para atrás el proceso de convocatoria pública sino para establecer las responsabilidades del caso, ya sea por prevaricato por acción u omisión, abuso de funciones u otro delito…”.

Lo que viene

Lo cierto es que ese listado de 10 elegibles para la sucesión de Carlos Felipe Córdoba está compuesto por Luis Alberto Rodríguez Ospino, Andrés Castro Franco, Luis Carlos Pineda, Aníbal José Quiroz, María Fernanda Rangel, Luis Fernando Bueno González, Mónica Elsy Certain, Juan Carlos Gualdrón, Carlos Fernando Pérez y Víctor Andrés Salcedo Fuentes. Hay una ‘guerra’ en redes sociales en donde circulan acusaciones contra algunos de los candidatos, al tiempo que ya las bancadas entrantes del Senado y la Cámara habían empezado a analizar los nombres, hasta el fallo del Tribunal. Por ahora poco se habla de lobby de los aspirantes, en gran parte porque las colectividades han estado concentradas en las últimas semanas en la escogencia de las mesas directivas. Hasta que se rehaga la lista, metiendo una mujer más, cambiando a Rodríguez y aplicando el principio de mérito, todo queda suspendido.