Proyecto que beneficia madres comunitarias vuelve a la Corte | El Nuevo Siglo
Diana Rubiano / El Nuevo Siglo
Viernes, 14 de Junio de 2019
Redacción Nacional

A la Corte Constitucional vuelve el proyecto ley que les otorga a las madres comunitarias la posibilidad de acceder a una remuneración y a un subsidio de vejez equivalente al 95% de un salario mínimo, luego de que la conciliación del texto fuera aprobada por las plenarias del Senado y la Cámara.

La iniciativa, de autoría del senador Alexander López, del Polo Democrático, había sido respaldada por el Congreso en el pasado periodo legislativo. Sin embargo, el entonces presidente Juan Manuel Santos la objetó por considerar que podría generar un impacto fiscal al afectar “la estabilidad de las finanzas públicas, el equilibrio macroeconómico y la sostenibilidad fiscal”. Los reparos fueron rechazados por las plenarias de las dos cámaras y el proyecto fue enviado a la Corte Constitucional para su revisión. Posteriormente, el alto Tribunal lo devolvió al Parlamento por considerar que existían errores de procedimiento. Finalmente, fueron subsanados esos errores y el texto fue puesto a consideración de las plenarias que le dieron el visto bueno por unanimidad.

“Este proyecto se aprobó por unanimidad la legislatura pasada. Fue objetado por el presidente Juan Manuel Santos, pero el Congreso por unanimidad rechazó las objeciones. Fue a la revisión de la Corte Constitucional y la corte devolvió el proyecto para que el Congreso subsanara un vicio. La Cámara de Representantes la semana pasada lo subsanó”, manifestó el senador López.

Asimismo, sostuvo que “esperamos que la Corte le dé el trámite correspondiente, salga la ley y podamos darle esta gran noticia de este beneficio a todas las madres comunitarias de todas las modalidades que se lo merecen”.

El texto aprobado estipula que “la vinculación contractual de las madres comunitarias que presten el servicio de atención integral a la primera infancia en los programas del ICBF será de carácter laboral y se adelantará mediante la contratación de organizaciones conformadas por ellas”. “En todo caso, se deberá garantizar su vinculación con vocación de estabilidad laboral y contrato a término indefinido, garantizando todas las prestaciones sociales y de seguridad social a las que tienen derecho”, señala el texto que expresa, además, que su remuneración no podrá ser inferior a un salario mínimo mensual o proporcional al tiempo de dedicación al programa.

Asimismo, contempla que tendrán derecho a un subsidio permanente a la vejez, que se incrementará anualmente en el mismo porcentaje del salario mínimo mensual vigente. En ese sentido, si laboraron durante 20 años o más en los programas de atención integral a la primera infancia, protección integral de la niñez y adolescencia recibirán un subsidio equivalente al 95% de un salario mínimo. Y si laboraron más 10 años y menos de 20 recibirán un subsidio proporcional al tiempo laborado.

Adicionalmente, a las madres que no cumplan con los requisitos para acceder al subsidio de vejez y hayan laborado menos de 10 años el Estado les reconocerá el pago del valor del tiempo laborado.

Establece además que tendrán acceso gratuito a la educación básica y media en las instituciones educativas oficiales. Y al otorgamiento de los permisos para asistir a clases y exámenes por parte de las entidades que las administran, “cuando cursen con regularidad estudios en los diferentes niveles de educación siempre y cuando no se interfieran las funciones propias del cargo”.

“De igual forma, el Ministerio de Educación y el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) gestionarán programas de capacitación y formación para las madres comunitarias, madres FAMI, sustitutas, tutoras y aquellas que hayan hecho tránsito a las modalidades integrales”, añade el texto.

La iniciativa beneficiaría a cerca de 60.000 madres comunitarias. 10.000 de ellas que tienen más de 57 años y más de 20 años trabajando para el ICBF podrían acceder a un subsidio de vejez equivalente al 95% de un salario mínimo.

En 2017 el gobierno Santos objetó la iniciativa. Entre los motivos de inconstitucionalidad e inconveniencia por los que el Ejecutivo decidió devolver el proyecto de ley está el considerar que es inconveniente en su integridad, ya que el artículo que regula la formalización de las madres comunitarias, FAMI, sustitutas y tutoras resultaba a la Constitución y genera un impacto fiscal de enormes proporciones. Así mismo, los artículos que desarrollan el subsidio a la vejez y la educación gratuita afectan seriamente la estabilidad de las finanzas públicas, el equilibrio macroeconómico y el principio constitucional de sostenibilidad fiscal.