Prohibición causa apetito | El Nuevo Siglo
Miércoles, 19 de Junio de 2019

La comisión redactora del Código de Policía de Bogotá, año 1947, integrada por ilustres juristas: Miguel Lleras Pizarro, Roberto Pineda Castillo, Arturo Valencia Zea, Rafael Escalón, Jorge Soto del Corral, entre otros, discutieron inteligentemente la naturaleza de la contravención diferenciandola del delito.  La primera, sostuvieron, se sanciona preventivamente y la otra represivamente.  El desorden del 9 de abril de 1948   frustró el proyecto, reiniciándose en 1961,  concluyéndolo  el Acuerdo 36 de 1963, Código de Policía de Bogotá, modelo  inspirador  del Código Nacional de 1970, derogado por el código  de 2016, saturado este de normas inexequibles, sentenciadas por la Corte.

La exposición del Acuerdo Municipal afirmó: “Los Órganos de Policía no pueden mostrarse más exigentes que el hombre normal; no puede considerar como un escándalo público cualquier inconveniencia, por ejemplo, el que fumen los jóvenes en la vía pública” (Pág. 152, C. de P., del D.E., Segunda Edición. Talleres Editorial del D.E. 1963) Cuando fui personero, por la misma razón, me opuse a la persecución de los gay.

Alfonso Reyes Echandía, maestro miembro de la Comisión Redactora del Código Nacional, sostuvo que antes de sancionarse la contravención debía prevenirse, impartiendo órdenes, (avisos). Criterio aceptado universalmente.

Reprimir malestares psíquicos provoca la clandestinidad del paciente; corregirlos correcta y psicopedagógicamente es función preventiva de la policía civilizada. Cuando esta función se asimila a la del derecho penal, todo se vuelve una dictadura. Para prevenir las aberraciones conviene el control social difuso, paradigma emanado de la actuación prudente de los padres. Prohibiendo coactivamente, ingenuidades, nada se logra.  La meta alcanzase   educando sanamente, sin látigo ni férula. Razón tiene la Corte Constitucional anulando la norma que corrige con la fuerza el consumo público de cannabis. El Código de 1970 autorizaba revocar sanciones, aplicando apercibimientos y conminaciones; educar y no imponer fuentes para el erario público y poderes policiales atrabiliarios.

La semana pasada, en el Congreso XXVI Colombiano de Psiquiatría Biológica, Programa Académico, con respecto a las realidades, mitos y falencia del uso de la cannabis,  se expusieron importantes dictámenes , entre otros que su consumo,  en ciertos casos,  es causado por un trastorno bipolar, incrementado, según sostuvo el doctor Jorge Téllez, por motivos depresivos, concluyéndose, científicamente, que la solución no se logra utilizando la férula sino la seducción racional, esto es, la psicoterapia realizada en desarrollo de  política pública de salud mental y, también, planes de educación  convincentes acerca del trastorno emocional que causa el uso adictivo de la marihuana y sus similares.

El doctor Carlos E. Parra Torres, expuso la visión antropológica de la cannabis, su milenaria historia, su uso médico en la China, época de Shen-Nung, año 2.700 a.c. llevando a concluir que no es correcto castigar ni atropellar la libertad del consumidor. Lo sabio es educar, quehacer de padres y maestros, también de la policía, como se practica con los contraventores de tránsito. ¡Instruir los perjuicios psíquicos emocionales que el vicio causa!