Congreso puede evitar prescripción de 10.000 procesos disciplinarios | El Nuevo Siglo
Diana Rubiano El Nuevo Siglo
Jueves, 10 de Junio de 2021
Redacción Política

La aprobación en el Congreso de la reforma al Código Disciplinario, que presentó la procuradora Margarita Cabello, sería la única salida para evitar que prescriban cerca de 10 mil procesos a raíz de que el próximo primero de julio entra en vigor la Ley 1952 de 2019, la cual establece que la acción sancionatoria de la Procuraduría no tendrá lugar después de cinco años de que se haya cometido la falta, si es que no se ha producido antes un fallo.

Esta noticia causó indignación en el país pues investigaciones disciplinarias para sancionar casos gruesos de corrupción como Odebrecht, las irregularidades del Plan de Alimentación Escolar (PAE) y el volteo de tierras en Cundinamarca quedarían sin efecto.

La Ley 1952 de 2019 es el resultado de una reforma que impulsó el entonces procurador Alejandro Ordóñez para remozar el Código Disciplinario Único del 2002, con el que cuenta el Ministerio Público para sancionar con suspensión y destitución a los funcionarios por sus faltas.

Luego de aprobado el proyecto por parte del Congreso a mediados de 2015, el mismo fue objetado por el entonces presidente Juan Manuel Santos en algunas de sus disposiciones. Una vez consideradas por el Congreso dichas objeciones, algunas de ellas fueron acogidas y otras fueron rechazadas tanto por el Senado como por la Cámara, motivo por el cual el expediente fue enviado a la Corte Constitucional en diciembre de 2015 para que emitiera el pronunciamiento de rigor.

El alto Tribunal profirió la Sentencia C-284 de 2016 en la que declaró infundadas algunas objeciones presidenciales; parcialmente infundadas otras y fundadas otras más. Posteriormente el proyecto regresó al Congreso a efectos de rehacer el texto del proyecto, lo que efectivamente hizo, tras de lo cual lo envió a la Corte nuevamente. Sin embargo, el tribunal en la Sentencia C-704 del 29 de noviembre de 2017 declaró que el Legislativo no cumplió en su totalidad el fallo de la Sentencia C-284 porque en el proceso de rehacer el texto no le dio participación al Ministro de Justicia.

Finalmente en junio de 2018 las plenarias de Cámara y Senado aprobaron el informe de reelaboración del texto del proyecto por el cual se expide el Código General Disciplinario.

No obstante cuando todo estaba dado para que este Código se pusiera en práctica desde mediados de 2018, el Congreso en el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 optó por prorrogar hasta el 1º de julio de 2021 su entrada en vigencia.


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Ahora dicho Código vuelve a ser tema de discusión debido a que en su artículo 33 establece que “la acción disciplinaria prescribirá en cinco años, contados para las faltas de ejecución instantánea desde el día de su consumación, para las de ejecución permanente o continuada, desde la realización del último acto y para las omisivas, desde cuando haya cesado el deber de actuar. La prescripción se interrumpirá con la adopción y notificación del fallo de primera o única instancia. En este evento, para emitir y notificar el fallo de segunda instancia o de reposición, la autoridad disciplinaria tendrá un término de dos años contados a partir del siguiente día del vencimiento para impugnar la decisión”.

Dicha disposición implica que este 1º de julio, cuando entra en vigor el nuevo Código Disciplinario Único, automáticamente prescribirán los procesos que tengan cinco años desde el momento en que se cometió la falta, pero que no hayan recibido al menos fallo sancionatorio de primera instancia.

La salida

A pesar de que el Código Disciplinario que promovió el entonces procurador Ordóñez no ha entrado en vigencia, es necesario reformarlo para adecuarlo a una sentencia que emitió la Corte Interamericana de Derechos Humanos el año pasado, a propósito de la sanción en 2014 al entonces alcalde de Bogotá, Gustavo Petro.

El Tribunal dijo que los funcionarios de elección popular solo pueden ser sancionados o suspendidos por un juez, lo que de plano deja maniatada a la Procuraduría para seguir cumpliendo con esta función.

Por ello la procuradora Cabello presentó este proyecto de ley que ya fue aprobado por las Comisiones Primeras de Senado y Cámara para adecuar dicho Código a la sentencia de la Corte Interamericana, en la cual el Ministerio Público adquiere funciones jurisdiccionales que le permitirían seguir sancionando y destituyendo funcionarios de elección popular.

La semana pasada Cabello intervino ante las Comisiones Primeras conjuntas, en donde advirtió que “esta reforma permitirá retomar el curso y evitar que prescriban más de 10.000 procesos”. El proyecto de reforma que radicó la Procuradora establece que “la acción disciplinaria caducará, si transcurridos cinco años desde la ocurrencia de la falta, no se ha proferido auto de apertura de investigación disciplinaria”.

Es decir, que con esta disposición procesos como el de Odebrecht no se archivarían porque ya están en etapa de investigación en la Procuraduría. Pero para ello, como se mencionó, es necesario que el Congreso apruebe esta reforma y que el presidente Iván Duque sancione la respectiva ley antes del próximo 1º de julio.