Blindar elección de contralor | El Nuevo Siglo
Lunes, 29 de Mayo de 2023

* Lecciones de un proceso viciado

* Asegurar máxima transparencia y veeduría

 

La decisión del Consejo de Estado en torno a declarar la nulidad de la elección de Carlos Hernán Rodríguez como contralor general de la República, a mediados de agosto del año pasado por parte del Congreso en pleno, deja una serie de lecciones aprendidas.

En primer lugar, al tenor del fallo de la Sección Quinta del máximo tribunal de lo contencioso administrativo, queda claro que, como tantas veces lo hemos advertido en estas páginas, en las decisiones del Legislativo importa tanto la forma como el fondo. La sentencia es contundente en torno a que el proceso de escogencia del titular del ente de control fiscal estuvo marcado por muchas irregularidades, sobre todo en lo relativo al acatamiento estricto de lo mandado en los artículos 126 de la Constitución Política, 21 de la Ley 5 de 1992, así como 6 y 9 de la Ley 1904 de 2018.

Esta última, precisamente, es la que señaló el nuevo mecanismo de escogencia del alto funcionario, que se cambió, paradójicamente, bajo la tesis de disminuir la injerencia política en esta elección y hacer primar los aspectos técnicos, de experticia y selección objetiva. Visto lo que ocurrió en la primera oportunidad en que se aplicó ese nuevo procedimiento, se podría concluir que es necesaria una reglamentación más específica para que las mesas directivas de Senado y Cámara, por acción u omisión, no terminen viciando tan delicado asunto.

Sería ingenuo desconocer que una vez pasaron los comicios parlamentarios y presidenciales del año pasado, hubo un claro pulso político entre las directivas congresionales salientes y los líderes de la coalición parlamentaria entrante en torno a cómo marchaba ese proceso de selección del contralor general. Ese rifirrafe, en el que unos y otros se cruzaron señalamientos de querer direccionar la escogencia con motivaciones non sanctas, fue el que finalmente llevó a que los presidentes de Senado y Cámara que se posesionaron el 20 de julio, aduciendo tener fallos judiciales que lo ordenaban, modificaron las reglas del juego y ello llevó a rehacer el listado de elegibles. Incluso, se cometieron fallas garrafales de técnica legislativa en la misma sesión en donde se llevó a cabo la elección.

Toda esa cadena de circunstancias anómalas fue advertida en su momento por parlamentarios de distintos partidos, pero se prestaron oídos sordos a los campanazos por los errores de bulto en que se incurrió… Así las cosas, el fallo de la semana pasada del Consejo de Estado en modo alguno se puede considerar sorpresivo. Por el contrario, no vino más que a confirmar las alertas tempranas que fueron, se reitera, terca e irresponsablemente desatendidas.

Ahora bien, aunque el contralor Rodríguez anunció recursos legales, lo cierto es que, estando el fallo en firme, el Congreso debe proceder a iniciar un nuevo proceso para seleccionar al titular del ente de control fiscal. Ojalá en esta ocasión las mesas directivas, tanto de la legislatura saliente (que acaba el 20 de junio), como de la entrante (que comienza el 20 de julio), se apliquen estrictamente a lo señalado por los mandatos constitucionales y legales.

Por más que el mapa político de las bancadas haya cambiado, sobre todo a partir de la tempranera ruptura de la coalición gobiernista, esa es una circunstancia que solo debe pesar cuando se configure el listado final de elegibles. Antes de ello, todo el proceso tiene que ser absolutamente objetivo y transparente.

La Ley 1904 es taxativa: una convocatoria pública absolutamente reglada para cumplir con los principios de publicidad, transparencia, participación ciudadana, equidad de género y criterios de mérito para su selección. Un proceso de análisis de hojas de vida, aplicación de pruebas y entrevistas a cargo de una universidad de primer nivel. Y la confección de una lista de diez elegibles seleccionados por una comisión parlamentaria, tras lo cual las plenarias procederán a la respectiva escogencia. Sería conveniente, incluso, que la Procuraduría y organizaciones de veeduría ciudadana fueran convocadas para acompañar todo el procedimiento. Visto lo ocurrido, es claro que ninguna precaución ni filtro está de más.

Como se dijo al comienzo: es imperativo sacar lecciones de este traumático caso que, sin duda alguna, lesiona la institucionalidad estatal y, en particular, la actividad fiscalizadora de la Contraloría, crucial en momentos en que la corrupción, la politiquería, los carteles de contratación y el desgreño administrativo en el manejo de lo público continúan siendo el pan de cada día en las instancias oficiales del orden nacional, regional y local. La vez pasada, los congresos salientes y entrantes aseguraron que el proceso estaba blindado, pero a la luz de los hechos, el descache no solo fue muy grave, sino que debería dar lugar al señalamiento de responsabilidades y sanciones.