La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de autoridad nacional de protección al consumidor, impuso multas a 24 prestadores de servicios funerarios, equivalentes a $294.000.000, por infringir el régimen de protección al consumidor al encontrar que cometieron las siguientes infracciones:
- No contestar requerimientos de información elevados por la Superintendencia de Industria y Comercio.
- No suministrar a los consumidores información clara, oportuna y suficiente frente a las restricciones y limitaciones que se presentaron en la prestación de los servicios funerarios con ocasión a la pandemia.
- Incurrir en publicidad engañosa, al ofertar a los consumidores sus servicios exequiales en una ciudad en especial, cuando en realidad no contaban con oficinas abiertas al público, ni tampoco con el plazo anunciado.
- Incluir cláusulas abusivas en los contratos suscritos por los consumidores, al exigir para la terminación del contrato, mayores requisitos a los solicitados al momento de la celebración del mismo e incluir espacios en blanco.
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Teniendo en cuenta la pandemia que se vivió en el país, la Superintendencia de Industria y Comercio inició actuaciones administrativas de oficio, con miras a garantizar la protección de los derechos de los consumidores ante posibles vulneraciones en relación con la información suministrada acerca de las modificaciones y restricciones en la prestación de los servicios funerarios.
También se revisó las medidas de bioseguridad implementadas para el manejo de cadáveres asociados a infección con el virus COVID-19, así como cobros adicionales y excesivos a los pactados con los consumidores.
Los prestadores de servicios funerarios sancionados son los siguientes: