Senado no votará en bloque las objeciones | El Nuevo Siglo
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Lunes, 22 de Abril de 2019
Redacción Política

No se descarta una acción de tutela contra la votación de los reparos a la JEP en la Cámara de Representantes

 

En medio de un ambiente político enrarecido por las diferencias políticas sobre las objeciones presidenciales a la ley estatutaria de la Jurisdicción Especial de Paz (JEP), mañana el Congreso de la República retoma la discusión del tema.

Se espera que hoy la comisión accidental del Senado pueda radicar la ponencia para discusión en plenaria, aunque ya dos de sus integrantes presentaron un informe pidiendo el hundimiento de los reparos a la norma.

Se trata de los senadores Iván Marulanda, de la Alianza Verde, y Alberto Castilla, del Polo Democrático, quienes presentaron un informe negativo, lo que generó molestia del presidente del Senado, Ernesto Macías, del Centro Democrático.

El dignatario se quejó de que Marulanda y Castilla radicaran su informe el pasado 10 de abril, un día antes de que se realizara la audiencia pública en la que fueron escuchadas las opiniones del fiscal general de la Nación, Néstor Humberto Martínez; el comisionado de Paz, Miguel Ceballos; y la presidenta de la JEP, Patricia Linares, entre otros altos funcionarios del Estado.

Tras esa audiencia, está pendiente el informe de ponencia del resto de los integrantes de la comisión accidental: Paloma Valencia (Centro Democrático); John Milton Rodríguez (Colombia Justa Libres); Jonathan Tamayo (ASI); David Barguil (Partido Conservador); Antonio Zabaraín (Cambio Radical) y Julián Bedoya (Partido Liberal). El senador José David Name (La U) renunció a formar parte de esta comisión accidental.

A diferencia de lo que ocurrió el pasado 8 de abril en la Cámara de Representantes, donde las objeciones fueron votadas en bloque y archivadas con una votación de 110 contra 44, en el Senado se espera que sea justo al revés, según advirtió Macías.

“Hay que discutir objeción por objeción y votar artículo por artículo de los objetados”, ha dicho varias veces el Presidente del Senado, quien considera que la votación en la Cámara “podría estar viciada”, por varias razones.

La primera, es porque las objeciones se votaron en bloque y no una por una como, en su criterio, señala la Ley Quinta de 1992, reglamento interno del Congreso. Y la segunda razón es porque advierte que la Carta Política establece que las objeciones deben votarse primero en la Comisión de origen de la ley objetada, en este caso el Senado.

Macías no descarta presentar una acción de tutela porque considera que lo votado en Cámara viola los artículos 165 y 167 de la Constitución. Sería la primera vez que se utilice esta herramienta jurídica contra una decisión del Congreso de la República.

Algunos expertos han considerado esa posibilidad como “un exabrupto jurídico”, pues recuerdan que la acción de tutela fue concebida para proteger derechos fundamentales de las personas, no de las instituciones que cuentan con otros mecanismos a través de la justicia contenciosa administrativa.

Gobierno busca las mayorías

En el Congreso se dice con insistencia que la decisión de discutir objeción por objeción y votar cada artículo por separado “es un esfuerzo desesperado” del Gobierno para tratar de consolidar unas mayorías, aunque sean precarias que le permitan aprobar los reparos del presidente Duque a la JEP.

De hecho, antes del receso de la Semana Santa, la ministra del Interior, Nancy Patricia Gutiérrez, dijo que a pesar de que en Cámara las objeciones fueron votadas de forma negativa, el Gobierno insistirá en alianzas para salvarlas.

“No se ha perdido esa iniciativa y seguimos haciendo la convocatoria para que se revisen las posiciones y podamos hacer un gran acuerdo nacional, de manera que la sanción a la ley estatutaria sea lo más pronto posible”, señaló la Ministra.

Mientras, el senador Rodríguez indicó que la ponencia mayoritaria en Senado “buscará que se logre un consenso alrededor de las objeciones, analizándolas una por una, para que se hagan los ajustes necesarios pero llegando a un consenso entre todos los sectores políticos”.

No obstante, las cuentas no parecen favorecer las intenciones del Gobierno, a pesar de que en la Cámara Alta hay más críticos del proceso de paz que en la Cámara Baja.

De los 106 senadores, cuatro son del partido Farc que tendrán que declararse impedidos; y de los 102 restantes, extraoficialmente se dice que votarían, mínimo, 60 contra las objeciones, y solo 40 a favor.

En contra se han declarado Partido Liberal, Cambio Radical, La U y sectores de oposición: Polo Democrático, Alianza Verde, Colombia Humana y la Lista de la Decencia.

A favor de las objeciones están, por ahora, Centro Democrático y Partido Conservador, aunque el Gobierno espera ‘seducir’ a algunos congresistas de La U, partido que se declaró de Gobierno, pero anunció su rechazo a las objeciones.

 

Las seis objeciones de Duque

Las seis objeciones del presidente Iván Duque a la Ley Estatutaria de la JEP, son:

1- Reparación a víctimas

Según Duque, el artículo “no establece de manera clara la obligación principal de los victimarios de reparar integralmente a las víctimas”.

2- Lista de desmovilizados

Dice el Presidente que el inciso octavo del artículo 63 de la JEP deja en manos de la Sala de Amnistía e Indulto la inclusión de personas que serán sometidas a la JEP. Para el Gobierno, esta competencia es del Alto Comisionado para la Paz.

3- Investigación de Fiscalía

El Gobierno no está de acuerdo con que la justicia ordinaria limite su posibilidad de investigar hechos cometidos por personas sometidas a la JEP si fueron cometidos antes del 01 de diciembre de 2016, como establece el artículo 79 de la JEP.

4- Máximos responsables

El parágrafo 2 del artículo 19 de la JEP dice que en ningún caso podrá renunciarse al ejercicio de la acción penal cuando se trate de delitos no amnistiables. Para el Gobierno no se puede claudicar en la acción penal frente a crímenes de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra y la responsabilidad de sus máximos responsables.

5- Extradición

El artículo 150 de la estatutaria de la JEP autoriza la extradición de ex Farc cuando la conducta que se le impute sea cometida después de la firma del Acuerdo de Paz. Pero el Gobierno advierte que ese tribunal no puede practicar pruebas.

6- Verdad

La objeción al artículo 153 de la estatutaria es porque no establece límites para que una persona sometida a la JEP puede ofrecer verdad antes de su extradición.