Reforma laboral: ¿productividad en veremos? | El Nuevo Siglo
PESE A que el presidente de la ANDI, Bruce Mac Master, y el presidente Gustavo Petro se reunieron para acercar sus puntos en la reforma laboral, esto al final no fue posible. /Presidencia
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Domingo, 26 de Marzo de 2023
Redacción Economía

Aunque el objetivo principal de la propuesta de reforma laboral es fortalecer los derechos de los trabajadores, esta ha planteado preocupaciones en torno a los potenciales costos adicionales de contratación para las empresas, lo que podría tener un impacto no despreciable en la generación de empleo y la informalidad en el futuro.

Según el gremio de comerciantes (Fenalco), los costos de contratación aumentarían entre 12 % y 17 %. De hecho, si bien el Gobierno afirmó que el texto de la reforma fue concertado con representantes de empresas y trabajadores, lo cierto es que solo una de las agremiaciones de empresarios ha apoyado el proyecto de ley hasta el momento.

Por otro lado, la reforma no aborda directamente la informalidad laboral, la productividad laboral o la necesidad de promover la generación de empleo.

En una encuesta realizada por Fenalco se destacan como graves las consecuencias que para las empresas y el empleo generaría la reforma laboral del Gobierno.

Tanto es así que el 55 % de los empresarios haría ajustes relacionados con la reducción de nóminas y disminución de personal, mientras que el 27 % evitaría al máximo la contratación de nuevo personal y un 71 % descartaría, reduciría o disminuiría sus inversiones.

Jaime Alberto Cabal, presidente de Fenalco, consideró que el proyecto de reforma laboral está más orientado a beneficiar y favorecer a los que hoy gozan de trabajo formal y no a los 3'413.000 desempleados del país que buscan oportunidades y a los 12'573.000 informales.

Sobrecostos

Según los datos de la encuesta, se confirma que, en caso de aprobarse estas iniciativas, las empresas tendrían que asumir unos sobrecostos que podrían superar el 20 %, más si se tiene en cuenta la jornada laboral, a la que cada año, a partir de 2023, se le restará una hora hasta llegar a los 42 semanales. Con el incremento del salario mínimo del 16 %, los costos laborales de este año, frente al año 2022, serían superiores entre el 35 % y el 40 %.

La informalidad

En ese sentido, Iván Vegas Molina, socio líder de Legal de BDO en Colombia, hace un análisis de lo planteado en el documento. 

Como está planteada por el Gobierno, “preocupa que la reforma, como se conoce hoy, no esté enfocada en ver cómo traemos a ese casi 50 % de personas que están en la informalidad a opciones formales y, de esa manera, generar unas mejores condiciones de empleo. Por el contrario, el proyecto está enfocado en los trabajadores que ya están dentro del sistema. En el documento borrador de la reforma vemos un camino para establecer nuevamente algunos derechos, prerrogativas y garantías laborales que existían de tiempo atrás en el Código Sustantivo del Trabajo, previo a las reformas que se tramitaron en el 2003 e incluso algunas otras de carácter nuevo encaminadas a lo mismo. Consideramos que, en ese sentido, la ley colombiana ya es bastante garantista”.

Respecto a los derechos y garantías laborales que se van a retomar, el experto menciona que “volver al escenario de los recargos nocturnos desde las seis de la tarde y no desde las nueve de la noche; aumentar el recargo dominical y festivo al 100 % y no al 75 %, etcétera. Digamos que esto genera unas prerrogativas mejores sobre el papel para los trabajadores formales, pero encarece el costo de crear puestos de trabajo en un momento de incertidumbre económica mundial y que tenemos un escenario inflacionario importante. Aunado a lo anterior, hay factores que históricamente son preocupantes en cuanto a la productividad y lo que puede ocurrir con estas medidas es que las empresas establezcan parámetros para que menos empleados produzcan más para la compañía”.

Consideramos que se deben buscar alternativas –desde la política pública y desde la reforma– que permitan reducir el alto porcentaje de desempleo y de trabajadores informales.

La jornada laboral

Sostiene que la reducción de la jornada laboral puede ser un tema interesante. Existen diferentes discusiones alrededor de esa política y, al final, esta iniciativa permite mejorar la productividad. Dice que “la respuesta no es única y no es absoluta en términos de que pueda ser favorable o desfavorable. Habría que medir su impacto de acuerdo al sector y al servicio o producto que la empresa desarrolla. Lo ideal es que cada organización tenga una política adecuada para manejar de manera idónea esa reducción de la jornada laboral y que esta decisión sea un gana-gana entre el bienestar de los trabajadores y la productividad”. Asimismo, Vegas Molina dice que “la reforma no plantea unos tipos de contratos distintos a los existentes en materia laboral. El documento establece que el contrato individual a término indefinido tiene que ser la regla general y, por tanto, es aplicable para todos los casos. Le da un margen mucho menor al que existe en la ley para otros tipos de contrato, como es por ejemplo el de término fijo o por obra o labor”. 



Hoy, un contrato a término fijo se puede manejar a un año o puede ser menor a tres. El planteamiento de la reforma establece que esto no podrá ocurrir. Lo mismo pasa con otros tipos de modalidades que parecieran, digamos, entrar en desuso. El hecho de que no haya varios tipos de contratos reduce las posibilidades de ejercicio de algunas actividades económicas específicas.

Indica que “en cuanto a la estabilidad laboral, la reforma establece algunos mecanismos que también parecieran ser un poco complejos, en la medida en que se dan protecciones especiales en circunstancias como, por ejemplo, el estado pensional o algunas circunstancias familiares que cualquier trabajador pueda tener para que se les cree una estabilidad reforzada especial que impida el despido sin justa causa. Eso, en términos generales, puede generar algún grado de preocupación porque impediría a las empresas tomar decisiones que son necesarias en el flujo normal de la economía y de los negocios”.

El proyecto

Entre los puntos de la reforma están:

-Los contratos a término fijo sólo serán posibles hasta por dos años y estarán destinados a atender necesidades temporales del empleador. Asimismo, en el caso de contratos a término fijo o contratos por tareas específicas, el trabajador tendrá derecho a las contribuciones sociales y vacaciones en proporción al tiempo trabajado.

-En general, se busca promover la contratación indefinida, evitando así la renovación sistemática de contratos temporales por períodos prolongados, así como garantizar que las cotizaciones sociales sean realizadas directamente por el empleador y no por el trabajador. No se permitirá la tercerización de necesidades o actividades permanentes de una empresa. Del mismo modo, no se admitirán contratos temporales para actividades permanentes.

-La jornada normal de trabajo comenzará a las 6 a.m. y terminará a las 6 p.m., lo que significa que las empresas tendrán que pagar las horas extras trabajadas después de las 6 p.m. (actualmente a partir de las 9 p.m.).

-Asimismo, el número máximo de horas laborales diarias será de ocho (cabe recordar que la Ley 2101 de 2021 establece que la jornada laboral se reducirá paulatinamente de 48 semanales en 2022 a 47 en 2023, 46 en 2024, 44 en 2025 y 42 en 2026).

-El empleador deberá pagar un recargo del 100 % del salario cuando el trabajador trabaje en domingo o feriado, siempre que estos días no formen parte del tiempo regular de trabajo definido en el contrato de trabajo.

-Se dedica un capítulo especial a las plataformas digitales con ‘trabajadores autónomos’. En él, se establece que la empresa debe verificar que el trabajador esté afiliado a la seguridad social; en caso contrario, la empresa deberá realizar el 100 % de los aportes al sistema de seguridad social. En el caso de las plataformas de domicilios, la propuesta establece que debe existir un contrato laboral entre la empresa y el repartidor, lo que significa que este último tiene derecho a todas las garantías de la legislación laboral. En todo caso, la plataforma de domicilios no podrá exigir exclusividad al repartidor

-La reforma también dedica un capítulo a fortalecer el derecho de asociación y negociación colectiva de los trabajadores. Es importante destacar que el proyecto de ley establece que todos los trabajadores que ganen hasta 2 salarios mínimos tendrán derecho a que su salario se incremente en al menos la inflación del año anterior (actualmente no es obligatorio).