Estos son los cuatro ejes de la reforma laboral radicada | El Nuevo Siglo
Presidencia
Jueves, 16 de Marzo de 2023
Redacción Web

Luego de una movilización por las calles de Bogotá, la vicepresidenta Francia Marquez y la Ministra de Trabajo Gloria Inés Ramírez radicaron formalmente ante el Congreso el proyecto de ley de reforma laboral. 

“Hoy podemos decir con certeza que tenemos la más ambiciosa reforma laboral del presente siglo,  con orgullo puedo decir que con enfoque dialogante el cual  se identifica con claridad en el proyecto de ley que hoy radicamos”, dijo la ministra Ramírez. 

Por su parte, el presidente de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), Francisco Maltés señaló que esta iniciativa transforma las condiciones laborales de los colombianos.

“Esta reforma laboral debe ser el inicio de las transformaciones en el mundo del trabajo para que los trabajadores colombianos tengan los derechos que se le han negado en los últimos 30 años”, indicó.

Cabe resaltar que en esta oportunidad la CUT apoyó la iniciativa que favorece a los empleados y por eso Percy Oyola, presidente de la Confederación General del Trabajo, (CGT) catalogó el proyecto de ley como "una reforma histórica". 

“Haber podido participar en la construcción de una reforma laboral más allá de que hubiéramos conquistado el 100% de lo que nos propusimos en un momento determinado”, dijo Oyola y agregó que desde distintos gremios esperan con este proyecto, "tener la mejor ley laboral para el siglo XXI donde los protagonistas sean los jóvenes”, manifestó.



El proyecto de reforma laboral está compuesto por 80 artículos y se basa en cuatro ejes fundamentales:

a) Cumplimiento del programa de gobierno del presidente Gustavo Petro.

El programa de gobierno del Presidente Gustavo Petro, prometió expedir el estatuto del trabajo (Art. 53 CN) y dejar sin efecto las consecuencias económicas adversas para la clase trabajadora (recargos nocturnos, dominicales, abaratamiento del despido).

Además, el Presidente ha insistido en la necesidad de garantizar la estabilidad laboral, no solo como principio y derecho, si no como forma de dignificar el trabajo. Por eso proponemos contrato de trabajo a termino indefinido como regla general, debido proceso previo al despido, limites a los contratos de duración definida y a la tercerización.

b) Cumplimiento del artículo 53 de la Constitución Política de Colombia.

El constituyente primario desde hace 32 años prometió (y ordenó) al Congreso de la república, la expedición de un Estatuto del Trabajo (que, conforme a la jurisprudencia colombiana no significa “ley estatutaria”) para garantizar como mínimo 9 principios , que, ante la omisión legislativa, ha sido ampliamente desarrollado por las altas Cortes colombianas que, por demás, han exhortado en distintas ocasiones al congreso a cumplir dicho mandato. Positivizar estas decisiones judiciales garantizan seguridad jurídica y paz social.

c) Cumplimiento de obligaciones internacionales suscritas por Colombia.

Colombia, de vieja data, ha suscrito convenios internacionales del trabajo, también se integró a la OCDE y suscribió tratados de libre comercio con EEUU, Canadá y la Unión Europea en los que se consagraron a cargo del Estado colombiano compromisos en materia laboral que tenemos la obligación de cumplir.

La OCDE, por ejemplo, ha señalado que los fenómenos de tercerización aumentan la desigualdad y también ha puesto de presente el exceso de horas de trabajo que laboran los colombianos. La OIT por su lado, ha recomendado durante muchos años la eliminación de pactos colectivos, garantizar la negociación colectiva en distintos niveles al de la empresa y armonizar el derecho de huelga conforme a los estándares internacionales. Todos, socios comerciales, OCDE y OIT han recomendado a Colombia el fortalecimiento sindical, ampliación de la cobertura de la negociación colectiva y eliminación de obstáculos a la huelga.

d) Cambios en el mundo del trabajo.

El mundo del trabajo cambia, sigue cambiando y se reorganiza, han llegado nuevas formas, como el trabajo de plataformas, que necesita ser regulado, siguiendo experiencias internacionales normativas y jurisprudenciales. Sobre el particular, es importante recordar, que, en materia de trabajo en plataformas, el programa de gobierno del Presidente Gustavo Petro incluyó derechos laborales para los trabajadores de esta nueva forma de trabajar.

La reforma aborda además el tema de transición energética y tecnológica y el papel de los trabajadores y sus organizaciones en esa transición. También derechos para trabajadores migrantes.

Contenido de la reforma:

1- Enunciación de los principios constitucionales y los de la Organización Internacional del Trabajo

2- Derecho Laboral Individual:

a. Estabilidad laboral

b. Limites a la tercerización ilegal

c. Reducción de brechas de género.

d. Devolver los derechos de la ley 789/02 (Jornada nocturna desde las 6 pm, recargos dominicales del 100% y aumento de la indemnización por despido)

e. Trabajo de plataformas

f. Trabajo rural.

g. Contrato de aprendizaje.

h. Trabajo migrante

3- Derecho Laboral Colectivo.

a. Reducir la fragmentación sindical (como lo propone la OCDE)

b. Ampliar la negociación colectiva a niveles más allá de la empresa. (Recomendado por OCDE y convenio 154 OIT)

c. Ampliar el derecho de huelga (como lo ha recomendado OCDE y OIT)

Objetivos de la reforma:

- Fomentar la formalización en sectores como plataformas, trabajo doméstico y trabajo rural.

- Reducir brechas de género

- Fortalecer los actores sociales, especialmente a las organizaciones de trabajadores.

- Humanizar el trabajo.

- Garantizar la eficacia social de la ley laboral.

- Positivizar la jurisprudencia laboral y constitucional laboral.