Caso Palacio de Justicia: JEP expulsa al general (r) Jesús Arias | El Nuevo Siglo
Archivo JEP
Jueves, 16 de Marzo de 2023
Redacción Web

La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP excluyó de la JEP al general (r) Jesús Armando Arias Cabrales, por no haber hecho aportes plenos y concretos a la verdad sobre la retoma del Palacio de Justicia.

La JEP puso a Arias Cabrales disposición del juzgado 15 de ejecución de penas y medidas de seguridad de Bogotá, con el fin de que siga cumpliendo la condena de 35 años impuesta por la Corte Suprema de Justicia en su contra.

La sala consideró que, en la audiencia única de verdad que se realizó los pasados 17 y 18 de enero de 2023, el general (r) Arias Cabrales no realizó nuevos aportes a la verdad, más allá de lo que ya se había establecido en la justicia penal ordinaria.

También que, ante la falta de aportes plenos, exhaustivos, francos y detallados sobre la toma y retoma del Palacio de Justicia en noviembre de 1985, Arias Cabrales vulneró el régimen de condicionalidad que deben cumplir todos los comparecientes ante la Jurisdicción.

La sala concluyó que durante los dos días de audiencia dialógica el compareciente asumió una actitud "indolente e indiferente con el objetivo de la diligencia" y "sus respuestas resultaron en varias ocasiones revictimizantes y ofensivas con las víctimas".



Para la sala, el general (r) Arias Cabrales pasó por alto que la justicia ordinaria ya lo condenó como coautor de la conducta de desaparición forzada.

En el desarrollo de la diligencia, las víctimas le expusieron al compareciente sus demandas puntuales de verdad y responsabilidad sobre los hechos por los que ya fue condenado.

Así mismo, las víctimas acreditadas se refirieron a los daños causados, preguntaron respecto a las razones por las cuales sus familiares fueron señalados y pidieron respuestas claras de Arias Cabrales.

Durante la comparecencia, Arias Cabrales negó un hecho indiscutible, como lo fue el control que ejerció sobre los comandantes de las unidades de la XIII Brigada a su cargo, así como de otras unidades tácticas y de inteligencia desplegadas el 6 y el 7 de noviembre de 1985.

De acuerdo con la JEP, Arias Cabrales tampoco suministró información que permitiera establecer el paradero de víctimas desaparecidas, ni los restos de aquellas que han sido entregadas por las autoridades de manera parcial a sus familiares.

La audiencia única de verdad fue ordenada por la Sección de Apelación de la JEP cuando resolvió un recurso interpuesto por Arias Cabrales.

Cabe recordar que el que el general (r) Jesús Armado Arias Cabrales solicitó ser admitido en la JEP corresponde al proceso penal en el que resultó condenado por el delito de desaparición forzada por la justicia ordinaria.

La condena se dio por los hechos ocurridos los días 6 y 7 de noviembre de 1985 relacionados con el asalto armado al Palacio de Justicia en la ciudad de Bogotá D.C. y los comportamientos que se derivaron de la retoma por parte de la fuerza pública.